¿Qué dicen hoy los tribunales? | Junio, 2023

La Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronunció sobre el control militar de la Guardia Nacional. En materia fiscal, validó el tope a la deducción de intereses para empresas y los nuevos requisitos para deducir pérdidas por créditos incobrables. Además, modificó su criterio de 2014 para ampliar la protección a las víctimas de delito y asegurar una reparación integral del daño.


CONSTITUCIONAL

Violencia digital: compartir fotografías íntimas

Compartir fotografías íntimas por medios digitales no autoriza a la persona que las recibe a difundirlas o compartirlas con otros. Si una persona difundió fotografías íntimas de una mujer, el juez que conozca del asunto debe juzgar con perspectiva de género y proteger los derechos a la intimidad, la vida privada, el honor y la propia imagen de las mujeres. Registro: 2026347.

La Suprema Corte invalidó el control militar de la Guardia Nacional

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó diversas normas que en septiembre de 2022 modificaron la organización de la Guardia Nacional y se invalidó lo siguiente: 

• Dirección de la Guardia Nacional. La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) no puede tener control directivo, presupuestal ni administrativo de la Guardia Nacional debido a que ésta tiene una naturaleza civil. Dichas funciones deben estar a cargo de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana que depende del Ejecutivo federal. 

• Nombramiento de comandancia. La Sedena no puede proponer su nombramiento.

• Miembros de la Guardia Nacional. Los elementos que provengan del ejército y se integren a la Guardia Nacional no podrán considerarse miembros activos del ejército.

La Suprema Corte validó el servicio de carrera y profesionalización de los elementos de la Guardia Nacional, así como la colaboración de esta institución con las Fuerzas Armadas para realizar labores de seguridad pública.

El Congreso tendrá que realizar nuevas reformas legales que se ajusten a las consideraciones de la Suprema Corte. Comunicado SCJN 140/2023.

FISCAL

La Suprema Corte validó el tope a la deducción de intereses para empresas

A partir de una reforma de 2020, la Ley del Impuesto sobre la Renta estableció que no son deducibles los intereses pagados que superen 20 millones de pesos y que excedan 30 por ciento de la utilidad fiscal ajustada. En este asunto, la empresa quejosa sostuvo que el concepto “utilidad fiscal ajustada” viola el principio de seguridad jurídica, criterio que no fue aceptado por la Primera Sala, que confirmó la constitucionalidad del tope a la deducción de intereses para personas morales. Comunicado SCJN 115/ 2023.

ISR sobre indemnización por terminación de trabajo

La Ley del Impuesto sobre la Renta no viola el principio de proporcionalidad tributaria por gravar los ingresos que obtiene un trabajador al término de una relación laboral, como indemnizaciones, primas de retiro y antigüedad. La ley establece que se tendrá que pagar este impuesto por los ingresos que excedan 90 veces el salario mínimo. Registro: 2026240.

Deducción de pérdidas por créditos incobrables

En relación con el mismo impuesto, la Segunda Sala de la Suprema Corte resolvió que sí es válida la obligación que tienen los contribuyentes de acreditar ante el Sistema de Administración Tributaria que se realizaron gestiones de cobro a través de una resolución emitida por una autoridad; por ejemplo, una sentencia dictada en un juicio mercantil, como requisito para poder deducir las pérdidas por créditos incobrables. Comunicado SCJN 141/2023.

AMPARO

Nuevas prohibiciones para venta de tabaco: no a la suspensión

Dos tribunales negaron la suspensión solicitada en amparo para evitar la aplicación de las nuevas disposiciones del reglamento de la Ley General de Control del Tabaco de diciembre de 2022. 

En relación con la exhibición y la venta de tabaco, un tribunal de Nuevo León negó la suspensión señalando que la finalidad de estas normas es proteger el derecho a la salud de forma progresiva, no obstante que el reglamento establece mayores prohibiciones para la exhibición y la venta de productos de trabajo que establece la ley de la materia. Registro: 2026247.

Un tribunal de Chihuahua negó la suspensión respecto del consumo de tabaco en restaurantes y lugares públicos, al señalar que el derecho al libre desarrollo de la personalidad no permite el consumo de tabaco en esos lugares, por lo que debe privilegiarse la protección a un medio ambiente sano y a la salud. [Jurisprudencia] Registro: 2026345.

PENAL

Un nuevo derecho humano: la reparación integral del daño

Tanto la fiscalía como los jueces penales tienen una obligación reforzada para asegurar que la indemnización para la víctima del delito sea proporcional y que efectivamente repare el daño que le fue causado, además de garantizar que se cumpla con las medidas acordadas. [Primera Sala, jurisprudencia] Registro: 2026334.

Indemnización a víctima por accidente 

La Suprema Corte amplió la protección al modificar su criterio. La víctima de un delito podrá demandar que se repare el daño civil a pesar de que en el procedimiento penal haya recibido una indemnización con motivo del acuerdo reparatorio que se siguió con el responsable del delito. [Jurisprudencia] Registro: 2026335.

¿Sabías qué…?

En 2014 la Primera Sala sostuvo que, al recibir una indemnización en el juicio penal, la víctima ya no podría solicitar la reparación del daño en un juicio civil. Con la nueva jurisprudencia, las víctimas podrán recibir las dos indemnizaciones: en la vía penal y en la vía civil. Jurisprudencia de 2014: 2007292.

Pena de prisión por extorsión agravada en Chihuahua

La Primera Sala comparó la pena de prisión de 30 a 60 años prevista para el delito de extorsión agravada por el Código Penal de Chihuahua y determinó que no es proporcional en relación con el resto de los delitos que protegen los mismos bienes jurídicos —paz, seguridad de las personas e inviolabilidad del domicilio—, que tienen penas notoriamente inferiores. [Tesis aislada] Registro: 2026336.

Acceso a la carpeta de investigación

La Primera Sala analizó los artículos 113 y 218 del Código Nacional de Procedimientos Penales y resolvió que las personas que estén siendo investigadas por el Ministerio Público tienen derecho a acceder a la carpeta de investigación cuando se encuentren detenidas, cuando sean citadas como imputadas, o bien cuando la autoridad realice actos de molestia en su contra. Con eso se garantiza el derecho a una defensa adecuada de la persona investigada. Comunicado SCJN 113/2023 .

Derecho a la no autoincriminación y toma de muestras

La Primera Sala confirmó que el Ministerio Público puede obtener muestras de sangre de personas que están relacionadas con la investigación de un delito, incluso en contra de su voluntad:

No autoincriminación. Este procedimiento no transgrede el derecho a no autoincriminarse, ya que no se refiere a la credibilidad o al testimonio de la persona.

Tratos crueles o inhumanos. No se considera como un trato cruel o inhumano, ya que tiene como fin conocer la verdad, lo cual es válido a la luz de la Constitución.

Control judicial previo. Se requiere orden del juez, quien podrá negar esta práctica cuando exista otra forma de acreditar los hechos. [Tesis aisladas] Registros: 2026311 y 2026312.

Golpean a hombre y son acusados de homicidio 

Si un grupo de personas golpean a otra causándole la muerte, todos serán responsables del delito de homicidio a pesar de que: i) no pueda determinarse cuál fue el daño que produjo cada una de ellas y ii) no haya existido un acuerdo previo entre los atacantes.

En este asunto, la Primera Sala convalidó la figura de “autoría indeterminada” prevista en la legislación de la Ciudad de México, que establece que serán responsables penalmente las personas que cometan un delito aunque no estén organizadas para actuar. [Jurisprudencia] Registros: 2026321, 2026320, 2026322.

ADMINISTRATIVO

Migrante con doble nacionalidad; le niegan condición de refugiado

Para obtener la condición de refugiado es necesario que el migrante acredite que huyó de su país de origen. En este criterio, un tribunal interpretó que “país de origen” debe entenderse por aquel en el que vive aquella persona. En caso de que el migrante cuente con doble nacionalidad sólo es necesario que acredite que huyó por determinadas razones del país en el que residía (Venezuela) y no de aquel en que nació (Chile). Registro: 2026245.

CIVIL

¿Rendir cuentas de pensión alimenticia?

El padre o la madre que reciben la pensión alimenticia para sus hijos no están obligados a rendir cuentas a su ex pareja acerca de cómo administran el dinero. La Suprema Corte consideró que esto sería irrazonable y desproporcionado. [Primera Sala, jurisprudencia] Registro: 2026288.

¿Cómo probar que sí se realizó una compra en línea? 

Cuando la persona que está realizando una compra en una tienda en línea recibe un código a su celular y lo ingresa a la página web, está verificando su identidad y con eso queda probado que fue ella quien realizó la operación. Por lo tanto, posteriormente no podrá argumentar que ella no hizo la compra. Registro: 2026259.

MERCANTIL

Negociación en juicio oral mercantil

Las negociaciones que realicen las partes en la etapa de conciliación no pueden ser utilizadas como argumentos de defensa cuando se abra el juicio mercantil. Si en la conciliación la empresa demandada ofreció un pago para llegar a un acuerdo esto no da lugar a considerar que reconoció el adeudo. [Primera Sala, jurisprudencia] Registro: 2026272.

Condena a compañía de seguros por no pago al asegurado

Las compañías de seguros tendrán que indemnizar al asegurado cuando se nieguen a pagar las sumas aseguradas. Al monto de la indemnización se acumularán los intereses que se generen por cada mes de retraso —capitalización de intereses—. La Primera Sala resolvió que esta figura es constitucional en tanto busca proteger a las personas que contratan un seguro. [Jurisprudencia] Registro: 2026330.

¿Sabías qué…?

La figura de “capitalización de intereses” o “anatocismo” fue analizada por la Suprema Corte en 1998, en un caso que trascendió a todo el país. Te recomendamos consultar el comunicado de prensa publicado ese año: Comunicado snc/1998.

LABORAL

Conciliación prejudicial y conflictos de competencia 

La etapa de conciliación prejudicial que fue tramitada en un centro de conciliación local tendrá que considerarse válida a pesar de que al momento de llegar a juicio se determine que se trata de un conflicto federal y por lo tanto debe tramitarse ante un tribunal laboral federal. Registro: 2026235.

Prueba confesional por despido de trabajador

Un adulto mayor acudió a juicio por un despido injustificado. En el juicio fue interrogado por el patrón con preguntas negativas como: “Responda si jamás fue despedido del trabajo”. Un tribunal resolvió que si se trata de un adulto mayor, el juzgado tendrá que determinar el valor probatorio de las respuestas, atendiendo a la edad y al grado de educación del trabajador. Registro: 2026244.

Newsletter

Recibe contenidos e información adicional en tu bandeja de entrada.

Nora Cabrera: Por una transición energética justa e inclusiva

La reciente resolución del Pleno de la Suprema Corte en torno a la Ley de la Industria Eléctrica y la no aprobación en la...