Fechas clave de la reforma judicial


2024

  • 16 de septiembre
    • Reforma Judicial: entra en vigor.
    • Inicia Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025 = “Primera elección judicial”.
    • Poder Judicial de la Federación: debe ajustar sueldos de servidores públicos para que sean menores al del Presidente de la República.
  • 23 septiembre
    • Instituto Nacional Electoral: debe iniciar con la organización de la “Primera elección judicial”.
  • 16 octubre
    • Senado: fecha límite para que emita convocatoria para listados de candidatos judiciales.
  • 15 de diciembre
    • Poder Judicial Federal y Poderes Judiciales Locales: fecha límite para extinguir fideicomisos y fondos. El dinero deberá entregarse a la Tesorería de la Federación y tesorerías de los estados.
    • Congreso de la Unión: fecha límite para adecuar legislación secundaria.

2025

  • 16 de febrero
    • Congresos locales: fecha límite para adecuar leyes de poderes judiciales estatales.
  • 1 de junio
    • “Primera elección judicial”: 100% de ministros, 50% de magistrados y jueces, magistrados electorales e integrantes de nuevos órganos del Poder Judicial Federal.
    • Elecciones judiciales en los estados.
  • 1 de septiembre
    • Nueva Suprema Corte de Justicia de la Nación, Tribunal de Disciplina Judicial y órgano de administración judicial: entran en funciones.
    • TEPJF: entran en funciones magistrados de Sala Superior y salas regionales
    • Consejo de la Judicatura Federal: desaparece.
  • 15 de septiembre
    • Magistrados y jueces electos: fecha límite para asignarlos a tribunales y juzgados.

2027

  • Junio
    • “Segunda elección judicial”: 50% de magistrados y jueces, y algunos magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.Elecciones judiciales en los estados.
    • Poder Judicial de la Federación y Poderes Judiciales Locales: deben renovarse en su totalidad.

Primera elección judicial. ¿A quién elegiremos el 1 de junio de 2025?

Nueve ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistraturas vacantes de la Sala Superior y totalidad de magistrados de salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, 50% de magistrados de circuito y jueces de distrito.

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