Ante las acciones de Donald Trump durante su segundo mandato, de combatir al narcotráfico categorizándolo como organizaciones terroristas, Leobardo Sotelo López analiza el impacto que tendrá en las empresas mexicanas la política estadounidense.
Introducción
El terrorismo, de acuerdo con la Real Academia de la Lengua, se define como “la actuación criminal de bandas organizadas, que, reiteradamente y por lo común de modo indiscriminado pretenden crear alarma social con fines políticos”1. Para el contexto actual también puede entenderse como el uso de la violencia clandestina y efímera para infundir miedo y coaccionar a sociedades o gobiernos, a menudo con fines políticos, religiosos o ideológicos, para el caso en México tiene tintes de insurgencia, que busca además controlar territorios, resaltando la característica de ataques sorpresa, secuestros, atentados con armas de alto calibre y explosivos, dirigidos tanto a objetivos civiles como gubernamentales.
No cabe duda de que, el terrorismo, no sólo es un fenómeno lesivo para la seguridad y dignidad humana, pues éste además tiene efectos significativos en la economía y en las operaciones empresariales tanto a nivel regional como global, afectando desde grandes corporaciones hasta micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs). En este sentido, si bien, en el pasado parecía ser un mal que aquejaba sólo a naciones de envergadura como los Estados Unidos, España o países del medio oriente, la realidad es que México, se ha visto afectado por este en años recientes como consecuencia del alza de la delincuencia organizada en el país.
Un estudio reciente estima que las organizaciones criminales en México cuentan con entre 160,000 y 185,000 miembros, colocándolo como uno de los mayores empleadores del país, al grado incluso de superar a empresas como Pemex, Grupo Salinas y Oxxo. Además, estas organizaciones necesitan reclutar entre 350 y 370 personas por semana para mantener su tamaño debido a la alta tasa de mortalidad y encarcelamiento.23
El crimen organizado afecta profundamente la vida cotidiana de la ciudadanía; la violencia y la inseguridad que éste genera, limitan la movilidad y la calidad de vida, mientras que la corrupción y la impunidad erosionan la confianza en las instituciones y como consecuencia las comunidades a menudo se ven obligadas a organizarse para protegerse, reflejando la ineficacia de las autoridades en algunas áreas, caso evidente son los últimos acontecimientos vividos de violencia en Sinaloa, sin dejar de ver los ocurridos anteriormente en Michoacán4, Guerrero y Jalisco.
El crimen organizado como grupos terroristas
Tras meses de advertencias siendo entonces candidato a la presidencia de Estados Unidos y retomándolo en su discurso de toma de protesta, Donald Trump declaró: “No tengo mayor responsabilidad que defender a nuestro país de amenazas e invasiones, y eso es exactamente lo que voy a hacer. Lo haremos a un nivel que nadie ha visto antes”. Esto lo materializó emitiendo una serie de decretos frente a la crisis migratoria y el combate al crimen organizado, destacando entre estos la Orden Ejecutiva No. 14157 90 FR 8439 – Designating Cartels and Other Organizations as Foreign Terrorist Organizations and Specially Designated Global Terrorists.
Estas medidas serán impredecibles y optativas en su administración, pues las posibilidades de activarlas divide opiniones de los expertos ante la incertidumbre, en razón de que existen altas probabilidades que van desde las operaciones para capturar a los capos sin avisar a las autoridades mexicanas (situaciones que ya han ocurrido) hasta acciones directas del ejército estadounidense como ataques aéreos con drones, el despliegue de asesores militares, operaciones encubiertas de grupos elite para eliminar a los líderes de los cárteles junto con ciberataques para desarticular sus redes4. Esto, puede redefinir el enfoque político y de seguridad, además de generar incertidumbre y profundos impactos comerciales y corporativos, especialmente para las empresas mexicanas que operan en mercados binacionales y globales.
Son varias las medidas como el despliegue inmediato de tropas a la frontera con México y la deportación masiva de inmigrantes ilegales en general, también se encuentran las que utilizó George W. Bush para lanzar “la guerra contra el terror” después del 11 de septiembre, que otorgó mayores facultades a las agencias estadounidenses para seguir el rastro del dinero y sancionar a quienes patrocinan a células terroristas, o bien, participan con ellas de manera directa e indirecta en estructuras corporativas.
Una de las consecuencias puede ser la congelación de activos de los cárteles y su bloqueo del sistema bancario internacional; sin embargo, hay que considerar que este mecanismo detona todo un aparato de medidas judiciales y políticas, incluso militares, que impactan a todos aquellos que hayan tenido alguna relación directa e indirecta con dichos cárteles.
La medida establece que en un plazo de 14 días para que Marco Rubio, ahora Secretario de Estado de los Estados Unidos, recomiende qué grupos serán designados como terroristas, situación que puede equiparar al “Cártel de Sinaloa” y al “Cártel Jalisco Nueva Generación”, entre otros, así como a sus lideres a la par de grupos como “ISIS” o el “Talibán”, llevando a sustentarse en informes de inteligencia, y debiendo notificar al Congreso, controlado ahora por los republicanos, y quienes en siete días deben revisar la solicitud, abriendo incluso un plazo posterior de 30 días ara apelaciones.
El gobierno de México puede aceptar el diagnóstico y alinearse, o bien, enfrentar las consecuencias. En paralelo crece la presión por las amenazas de una guerra arancelaria y deportaciones masivas que, actualmente, ya se están materializando, situación que aumenta la posibilidad de una radicalización del crimen organizado en represalia, y traducida en una escalada de violencia en el país.
La crisis de violencia ha sido uno de los puntos más cuestionados del Gobierno de México. El regreso de Trump provocó una reacción mayoritaria de unidad nacional, llevando a que la designación de los cárteles sea incluso apoyada por algunos sectores de la oposición que exigen un cambio en la estrategia de seguridad del país, sacando provecho político, pero sin consciencia del impacto de esta medida en la economía doméstica, corroborando así la omnipresencia política de Trump y el poder de influencia que tiene la extraterritorialidad de las legislaciones estadounidenses.
Si bien esta medida puede resultar un golpe certero a las estructuras económicas y los esquemas contra el lavado de dinero, esto no significa que sea una solución exenta de problemas. Afecta a cualquier persona que trate, a sabiendas o no, con un “narcotraficante” (o su estructura), pues el efecto inmediato es que ésta pueda ser acusada de vínculos con el terrorismo, implicando así desde instituciones financieras hasta comerciantes obligados al pago de extorsiones, derecho de piso, protección o incluso inmigrantes que paguen a traficantes vinculados con el narco para que crucen la frontera, incluyendo a la industria de bienes y servicios en general por el uso de insumos en las cadenas de suministros.
Mauricio Meschoulam, investigador de la Universidad Iberoamericana, ha precisado que, en el primer periodo presidencial de Donald Trump, los “Hutíes” de Yemen fueron considerados terroristas, mientras que para Joe Bidenno lo fueron. Sin lugar a duda, en este segundo mandato la atención estará en los cárteles mexicanos y en las pandillas como la “Mara Salvatrucha”.
Esto tendrá efectos en el sector empresarial mexicano, toda vez que el comercio entre México y los Estados Unidos es uno de los pilares económicos más sólidos de la región y del mundo, con un intercambio comercial que superó los 700 mil millones de dólares en 20235. En consecuencia, puede advertirse que la a orden ejecutiva puede desencadenar efectos colaterales, tales como:
- Restricciones en el comercio transfronterizo: derivado de la orden ejecutiva, la vigilancia tiende a ser más estricta en los puertos de entrada lo cual generará demoras significativas, impactando la cadena de suministro, especialmente en sectores como el automotriz, el agrícola y la manufacturera, entre los principales.
- Aumento de costos operativos: las empresas mexicanas que exporten tendrán que afrontar requisitos más rigurosos de cumplimiento y auditorías adicionales para demostrar que sus operaciones están libres de vínculos con actividades ilícitas, como el terrorismo, pudiendo incluir reportes de estados financieros, relaciones con terceros y hasta el levantamiento del velo corporativo cuando medie duda razonable.
- Percepción de riesgo de país: México puede ser percibido como un destino más riesgoso para la inversión extranjera, generando una contracción en el flujo de capitales y proyectos de inversión, lo cual puede poner en riesgo la economía nacional, y afectar el crecimiento del PIB, aunado a una disminución de inversión extranjera.
Repercusiones para empresas mexicanas
Lo anterior, no sólo afecta el comercio macroeconómico de México, sino que también introduce retos críticos para las empresas nacionales más pequeñas, como las Micro y Pequeñas empresas (Pymes y MiPymes), en términos de cumplimiento, reputación corporativa y, sobre todo, operación como se señaló en líneas anteriores.
En este sentido, resulta importante señalar algunos de los impactos inmediatos en las empresas mexicanas o bien, que operan en México, a la luz de las medidas que de la Orden Ejecutiva pueden derivarse. Entre las más relevantes, se encuentran las siguientes;
- Endurecimiento del Compliance y aumento de controles internos: Las empresas mexicanas, especialmente aquellas con operaciones transfronterizas, deberán fortalecer sus programas de cumplimiento normativo para prevenir sanciones, responsabilidad de las empresas y falta de controles internos. La adopción de estándares internacionales, como los establecidos en el T-MEC, el Código Penal Federal y Nacional de Procedimientos Penales (en lo que respecta a la responsabilidad penal empresarial), y la Ley Antilavado de Dinero, será imprescindibles.
- Auditorías más estrictas y minuciosas: Las compañías, sin importar el tamaño de éstas, tienden a enfrentarán un escrutinio intensificado por parte de instituciones financieras, tanto nacionales como extranjeras, así como con socios comerciales, para garantizar que sus operaciones no estén vinculadas con actividades ilícitas, incluso la estructura corporativa.
- Riesgos Reputacionales y continuidad del negocio: Empresas legítimas podrían sufrir daños reputacionales debido a la asociación generalizada con riesgos de seguridad, afectando relaciones comerciales y acceso a mercados que ralenticen su crecimiento. Asimismo, las Pymes y MiPymes ubicadas en zonas de “alto riesgo” o “de conflicto” por actividades del crimen organizado, pueden ver amenazada su continuidad, pues ahora serán identificadas como zonas con alta incidencia de actividad terrorista.
Aunado a lo anterior, y desde una perspectiva legal, los efectos de clasificar a los cárteles como grupos terroristas amplía el marco legal de los Estados Unidos aplicable a estas actividades, el cual naturalmente es más agresivo y estricto, pues está diseñado desde una óptica defensiva con el objeto de combatir y neutralizar la actividad de estas organizaciones. Algunos ejemplos de esto son:
- Ampliación del alcance extraterritorial: Las autoridades estadounidenses podrían justificar intervenciones más directas en territorio mexicano, lo que podría tensar aún más las relaciones bilaterales, sobre todo si se considera que leyes como la US Patriot Act, la Foreign Corrupt Practices Act (FCPA), y la Sarbanes-Oxley Act, entre otras, prevén medidas de carácter extraterritorial que permite sancionar a empresas por operaciones cometidas fuera de los Estados Unidos.
- Sanciones económicas: La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) incluirá, a partir de la Orden Ejecutiva, a empresas mexicanas en listas negras con la sola sospecha de vínculos indirectos con cárteles, sus operadores y/o estructuras, limitando su capacidad de operar en el sistema financiero global, incluidas personas físicas relacionadas con esferas de alta dirección y gobierno corporativo, entre otras.
- Cumplimiento corporativo reforzado: Las empresas mexicanas deberán implementar programas más robustos de cumplimiento, así como procesos de due diligence6 más estrictos, además de un mayor número de análisis transaccionales de clientes y proveedores, con el objeto de monitorear operaciones, tanto externas como internas, así como relaciones con terceros, además de incluir canales de denuncia mejor estructurados y administrados que garanticen la seguridad de los Whistlerblowers7.
Las acciones emprendidas durante el segundo mandato de Donald Trump, implicarán para el empresariado mexicano la necesaria adopción de una cultura del control y el cumplimiento más estricta y rigurosa , pero sobre todo e adecuadas, basadas en un acertado análisis de riesgos de cada sector y entidad específicamente, reforzar la conducción de auditorías internas y externas además de promover una cultura de la ética y la transparencia, acompañado de controles eficientes y efectivos, a efecto de que la iniciativa privada desarrolle y sistemas que logren mitigar impactos por actividades riesgosas o vulnerables, y creando así un valor agregado en el mercado.
Acciones de prevención, sujetos obligados y otros actores
Las instituciones financieras y empresas que realizan actividades vulnerables y, en general, cualquier empresa, idealmente debería implementar medidas estrictas para prevenir el lavado de dinero como principal riesgo. Al respecto, resultan relevantes acciones preventivas como la identificación y verificación de clientes, el monitoreo de transacciones sospechosas, así como la capacitación continua del personal en prevención de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo.
En México, se han documentado casos donde sujetos obligados han estado involucrados en actividades relacionadas con el crimen organizado. Por ejemplo, algunas instituciones financieras han sido sancionadas por no cumplir con las normativas de prevención de lavado de dinero (PLD), facilitando así el lavado de activos por parte de cárteles de la droga.8
Por lo anterior, y ante los efectos de la Orden Ejecutiva referida, se advierten necesarias algunas recomendaciones clave para este sector, entre las que destacan las siguientes:
- Monitoreo de Transacciones: Utilizar un software avanzado para detectar patrones sospechosos, y así fortalecer el monitoreó continuo de las transacciones que se realicen.
- Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS): Reportar de manera detallada y oportuna las transacciones sospechosas a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), además de contar con registro documental respecto de las acciones de reporteo a la autoridad.
- Capacitación Continua y Actualizada: Asegurar que el personal esté constantemente capacitado en técnicas de lavado de dinero y activos, financiamiento al terrorismo, y combate a la corrupción, así como el desarrollo de entrenamientos de mejores prácticas para identificarlo y prevenirlo. Asimismo, es recomendable complementar lo anterior con actualizaciones continuas en materias correlacionadas, tales como el ESG, Derechos Humanos, Integridad, Ética, entre otras.
- Auditorías Internas y Externas: Realizar auditorías regulares y periódicas para asegurar que las políticas y procedimientos de PLD de la institución, se sigan correctamente y permitan detectar áreas de mejora de forma más eficaz y eficiente.
Lo aquí descrito permite afirmar que las empresas mexicanas y que operan en México, deben implementar acciones tendentes a prevenir y no sólo a reaccionar, aunque si con la capacidad suficiente de hacerlo en caso de una contingencia. Cabe recordar que la prevención es el conjunto de acciones, planes y mecanismos de mitigación y preparación implementados con anticipación por lo que, ante el endurecimiento de las políticas de cumplimiento por la designación de los cárteles del crimen organizado como terroristas (o FTO por sus siglas en inglés), resulta imperante advertir acciones mínimas de prevención para salvaguardar la operación e integración de las empresas.
No obstante, además de las empresas, la medida impuesta por los Estados Unidos en materia de combate al terrorismo no sólo afecta a éstas, sino cualquier persona o entidad con mediana relación con el sistema financiero o actividad comercial. Por ello, es imperante clasificar dichas acciones de acuerdo con el destinatario, por lo que a continuación se sugiere una clasificación con acciones a implementar:
Para la ciudadanía y personas físicas:
- Mantenerse informados sobre los riesgos del crimen organizado y las estrategias de prevención a través de la actualización continua de los diversos análisis de riesgos existentes.
- Incentivar la participación en programas anónimos de prevención y denuncia de actividades sospechosas.
- Proteger su información personal y financiera para evitar el robo de identidad y el uso de ésta en actividades como el crimen organizado o el terrorismo
Para las empresas en México o que operan en México:
- Implementar políticas de control cumplimiento con estándares tanto nacionales como internacionales, así como la conducción de auditorías regulares, sistemáticas y periódicas.
- Capacitar al personal en la identificación de transacciones sospechosas, particularmente orientadas a la prevención del blanqueo de activos y el financiamiento al terrorismo.
- Colaborar con autoridades y otras empresas, con el objeto de establecer mecanismos para compartir información, así como mejores prácticas y su implementación.
Para los oficiales de cumplimiento:
- Desarrollar y mantener programas de cumplimiento efectivos, modernos y poco burocráticos, sin que esto merme su eficiencia.
- Realizar evaluaciones de riesgo periódicas, y ajustar las políticas según sea necesario.
- Fomentar una cultura orgánica de la ética y el cumplimiento dentro de la organización, así como con los grupos de interés de ésta.
Para organismos reguladores:
- Fortalecer el marco regulatorio y las sanciones para el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo.
- Promover la cooperación internacional para combatir el crimen organizado transnacional.
- Proveer recursos y apoyo suficiente a las instituciones financieras y empresas para mejorar sus capacidades de cumplimiento, aunado a una estrecha colaboración con la iniciativa privada.
Conclusiones
Si bien es cierto que el crimen organizado en México es un fenómeno complejo que requiere un enfoque multifacético, algunos expertos sugieren que la solución no radica sólo en la represión del crimen, sino en abordar sus causas subyacentes, como la falta de gobernanza efectiva, la desigualdad económica, la descomposición del tejido social, por mencionar algunas.
La colaboración entre ciudadanía, empresas, oficiales de cumplimiento, asesores corporativos y reguladores es esencial para desarrollar líneas de vigilancia y supervisión mutua son estrategias efectivas que reducen el impacto de estas organizaciones en la sociedad y la economía a través de un adecuado criminal compliance program9. Lo anterior, debe estar sustentado en el acertado y adecuado análisis de riesgos considerando a las conductas inherentes al terrorismo,10 incluyendo herramientas optimizadas como canales de denuncia y órganos de investigación internas debidamente socializados e implementados de forma eficaz y eficiente, y en respuesta a los requerimientos de evidencia y de debida diligencia dentro y fuera de las corporaciones sin importar el tamaño o sector, con el objeto de mitigar el impacto de probables señalamientos legales por algún tipo incumplimiento.
Aún y cuando el entorno regulatorio actual de México, la Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo (PLD/FT) y la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas (COMPLIANCE) sigue siendo un tanto insuficiente, es fundamental que se afronte para proteger la integridad y fortalecimiento de las empresas, además de cumplir con los requerimientos legales y supra legales que determina el propio ecosistema corporativo global.
Finalmente, todo lo anterior puede resumirse con una estrategia de compliance integral, la cual ya no debe verse sólo como una obligación corporativa o como simple una medida preventiva contra riesgos financieros, reputacionales, penales y/o legales, sino como una forma de contribuir a una estrategia conjunta de prevención del delito que fortalece la estructura de contención contra impactos y circunstancias de cumplimiento, basada en altos estándares éticos y buenas prácticas que garanticen la continuidad de los buenos negocios.
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Notas:- terrorismo | Definición | Diccionario de la lengua española | RAE – ASALE[↩]
- El Narcotráfico es el quinto generador de empleos en México, revela estudio publicado en “Science” – Proceso.[↩]
- Unas 175.000 personas trabajan para los cárteles mexicanos, según una investigación | CNN.[↩]
- 2016_IE_gruposautodefensa.pdf[↩]
- ¿Cuáles son los productos que más exporta México a Estados Unidos?- Grupo Milenio.[↩]
- Se refiere a la investigación en sí, una auditoría legal o una operación previa de revisión de una persona o empresa de cara a evaluar posibles riesgos al establecer una relación económica con ella, es decir, cerciorarnos que la persona o el negocio realmente es quien dice ser. Una vez realizada la identificación, pueden establecerse relaciones de confianza.[↩]
- Es la persona que denuncia los actos delictivos o irregularidades cometidas dentro de su organización, sea una empresa o un organismo público, bien a través del canal de denuncias interno o bien acudiendo a las autoridades competentes o asistiendo directamente a la prensa.[↩]
- HSBC: la fiesta de los billetes rojos y los cuellos blancos[↩]
- Conjunto de procedimientos y medidas también llamados políticas, manuales y protocolos adoptados por las empresas y organizaciones para prevenir y detectar posibles delitos penales dentro de su ámbito de actuación interno y externo.[↩]
- Artículos 139 al 139 Ter [Terrorismo] ‹ Código Penal Federal (CPF) | Justia México. Ley Federal contra la Delincuencia Organizada [PDF] | Justia Mexico[↩]