Normativa legal para la FIFA World Cup

El fútbol ha llegado a Qatar, pero las leyes aterrizaron mucho antes. Del 21 de noviembre al 18 de diciembre de 2022 Qatar recibirá a los 32 equipos para participar en la Copa del Mundo. A continuación, María Lorenza Cremaschi nos presenta una pequeña guía para conocer la normativa y las costumbres, tanto para quienes vayan como espectadores, como para los que vayan a trabajar o bien a hacer negocios.


La Copa Mundial es un evento tan importante que requiere un conjunto específico de leyes que protejan los intereses de las partes, los participantes del torneo, los contratistas, los proveedores y los titulares de los derechos comerciales relacionados con esa justa deportiva.

Por eso, el Estado de Qatar ha dictado la Ley 10/2021 que cubre las siguientes áreas y medidas para albergar la Copa del Mundo 2022:

• Procedimientos para entrar, salir y trabajar en el Estado de Qatar para la Copa del Mundo y sus actividades relacionadas.

• Exenciones de impuestos.

• Seguridad y protección.

• Operaciones bancarias y cambiarias.

• Derechos FIFA:

• Radiodifusión y publicidad.

Cabe aclarar que esta ley no debe exceder del “periodo de la competencia”, que se define como el periodo que comienza 10 días antes del primer partido en la competición y finaliza cinco días después del último partido.

A continuación exponemos con más detalle lo dispuesto en la Ley 10/2021.

Garantizar un evento seguro y protegido es de gran importancia para Qatar como nación anfitriona y para la FIFA como dueña del evento.

Procedimientos de entrada, salida y autorizaciones de trabajo

Se espera que un número significativo de personas venga a Qatar en busca de empleo como consecuencia de la Copa del Mundo 2022. Por lo tanto, el Estado de Qatar se ha comprometido a otorgar visas de entrada a los ciudadanos extranjeros que deseen asistir al Mundial. Este procedimiento debe simplificarse lo más posible para permitir que los extranjeros ingresen sin problemas al país.

Los ciudadanos extranjeros pueden ser contratados como voluntarios por la FIFA o por el Comité Supremo sin obtener un permiso de trabajo.

No obstante, estas visas de entrada caducan a los cinco días del último partido del torneo, que según el calendario oficial de la Copa del Mundo será el 18 de diciembre de 2022.

La FIFA, sus organizaciones afiliadas, las Federaciones continentales, las asociaciones nacionales de fútbol, ​​el Comité Supremo, los proveedores de bienes, los contratistas de trabajo, los proveedores de servicios, los contratistas de la FIFA, los socios comerciales de la FIFA, los organismos de radiodifusión de eventos y los ciudadanos extranjeros que participen en la Copa del Mundo no serán sujetos a las leyes laborales vigentes en el Estado de Qatar, sino únicamente a las disposiciones contenidas en sus contratos, que regulen la relación entre las partes, incluidas las horas de trabajo, la remuneración y la terminación.

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Excepciones Impositivas

Las siguientes entidades estarán exentas de todas las tasas e impuestos (sin perjuicio de los límites de exención dictados por decisión del Ministro de Hacienda):

• La FIFA y sus organizaciones afiliadas.

• Las confederaciones continentales.

• Las asociaciones nacionales de fútbol.

• La Copa Mundial de la FIFA Qatar 2022 llc.

• El Comité Supremo y sus entidades afiliadas.

• Contratistas con la FIFA.

• Proveedores de bienes.

• Contratistas de obra.

• Proveedores de servicios.

• Socios comerciales de la FIFA.

• Locutores de eventos.

• Personas físicas designadas o contratadas por cualquiera de las entidades anteriores.

• Ciudadanos extranjeros que participen en eventos, partidos y otros actos adoptados o aprobados por la FIFA o que acompañen a la Copa Mundial 2022.

El presidente del Comité de Seguridad tiene la facultad de suspender algunas de las disposiciones de las leyes vigentes en el Estado de Qatar durante la Copa.

Seguridad y medidas de protección

Garantizar un evento seguro y protegido es de gran importancia para Qatar como nación anfitriona y para la FIFA como dueña del evento.

El presidente del Comité de Seguridad tendrá la facultad de dictar decisiones e instruirá las medidas de seguridad necesarias durante la Copa.

El presidente del Comité de Seguridad tiene la facultad de suspender algunas disposiciones de las leyes vigentes en el Estado de Qatar durante la Copa, de conformidad con las garantías gubernamentales. Cualquier medida de este tipo se publicará en los medios de comunicación con el fin de que se tome conocimiento público sobre la misma.

De conformidad con el artículo 12 de la ley nombrada anteriormente, todos los organismos médicos gubernamentales y no gubernamentales atenderán los casos de emergencia y brindarán asistencia médica a los visitantes y a otros asistentes durante el periodo de tiempo de la Copa, de acuerdo con los procedimientos determinados por el Ministerio de Salud Pública. Si bien la Ley de Qatar 10/2021 no aclara si el público internacional que asiste a la Copa del Mundo debe tener un seguro médico, es recomendable que al ingresar al país sea con un seguro médico de cobertura internacional.

Operaciones bancarias y de divisas

La ley establece que no se impondrán restricciones a la compra y venta de divisas del Estado de Qatar y de divisas extranjeras durante el periodo de la Copa. Esto incluye la entrada y la salida de divisas al Estado de Qatar, que actualmente tienen límites que se establecen en una cierta cantidad declarada. Esto aplica específicamente en lo que se refiere a dólares estadounidenses, euros y francos suizos. Tiene como objetivo facilitar el intercambio de diferentes monedas por parte de todos los visitantes del Estado de Qatar durante la Copa.

Derechos de propiedad intelectual

En cualquier evento deportivo importante, la inversión financiera de los patrocinadores es crucial para el éxito del evento y forma la base de los acuerdos de licencia y comercialización que generan ingresos para apoyar el desarrollo del deporte. Por eso, también se busca regular los derechos de la fifa relacionados con la competencia.

Los derechos de propiedad intelectual de la FIFA cubren:

• El nombre, el logo y el himno de la FIFA.

• Las categorías oficiales de actividades (eventos y partidos oficiales organizados durante la Copa) y sus designaciones, es decir, el vocabulario utilizado en el fútbol o relacionado de alguna manera con el fútbol.

• Logotipos de actividades que utilizan vocabulario compuesto o no compuesto relacionado con un mensaje relativo al fútbol y que están registrados como marcas de la FIFA y cuya protección se encuentra dentro del ámbito de las leyes que regulan la protección de obras y marcas en el territorio del Estado.

• Mascotas de torneos deportivos, logos, vallas publicitarias, códigos de identificación, diseños y logos para actividades, trofeos y medallas desarrollados por la fifa para uso oficial en actividades para las que la federación tiene derechos exclusivos.

• Obras artísticas, musicales, literarias y otras obras intelectuales e innovaciones relacionadas con derechos similares.

• Designaciones y otras innovaciones intelectuales desarrolladas por la fifa para actividades sobre las que la federación tiene derechos exclusivos.

• Cualquier derecho de marketing y publicidad propiedad de la fifa.

• Está prohibido usar, registrar, producir, reproducir, imitar o modificar cualquiera de los derechos de propiedad intelectual de la FIFA, incluida la importación, exportación, venta, reventa, oferta para la venta, distribución de productos u oferta de derechos de propiedad intelectual, a menos que se haya autorizado previamente a hacerlo por la FIFA.

En caso de que la FIFA tenga conocimiento de cualquier posible infracción de sus derechos de propiedad intelectual, puede notificar a las autoridades competentes para que tomen medidas con el fin de garantizar la protección de los derechos de propiedad intelectual.

Los hoteles o proveedores de servicios turísticos no pueden ofrecer entradas con sus paquetes sin la aprobación de la FIFA. La violación de estas disposiciones conlleva multas hasta de qar 500,000 (aproximadamente 140,000 euros) o prisión hasta de un año.

La emisión y la venta de entradas para la competición es estrictamente un derecho exclusivo otorgado a la FIFA. De conformidad con ese derecho, la ley prohíbe la emisión, venta, reventa, redistribución y canje de entradas sin la autorización de la FIFA. Además, la FIFA, que es titular de los derechos exclusivos en relación con las entradas, también está exenta de la aprobación previa requerida para procesar los datos personales de los ciudadanos y los residentes del Estado de Qatar que compran entradas.

Derechos comerciales y de publicidad

Los siguientes actos están calificados como competencia desleal y, en consecuencia, están prohibidos:

• Cualquier tipo de actividad comercial que pueda dar lugar a una falsa creencia de que los productos o servicios que se comercializan son emitidos, aprobados o aceptados por la FIFA, incluidas las actividades relacionadas con la venta y la promoción de bienes, obras y servicios o la participación en las mismas.

• Llevar a cabo ciertas actividades públicas con fines comerciales de una manera que llevaría a creer erróneamente que estas actividades están relacionadas con la FIFA.

• Utilizar las entradas con fines publicitarios o para la celebración de loterías, concursos, juegos, apuestas y procedimientos publicitarios, o incluir el coste de las entradas en la lista de servicios de turismo, alojamiento y otros, sin el consentimiento por escrito de la FIFA.

• Mostrar un evento público televisado sin licencia de la fifa. De acuerdo con la Ley 10/2021, un espectáculo de evento público es cualquier espectáculo en el que se cubre la transmisión de la Copa para su visualización en cualquier lugar público.

Estas prohibiciones son de suma importancia porque muchos no son conscientes de que no pueden utilizar determinadas palabras, imágenes y signos en sus comunicaciones comerciales, promociones, marketing, etcétera. La sanción prevista en la ley para estas actuaciones es de prisión no superior a un año y una multa que no exceda qar 500,000 (apróx. 140,000 euros), o cualquiera de estas dos sanciones.

Todos los organismos médicos gubernamentales y no gubernamentales atenderán los casos de emergencia y brindarán asistencia médica a los visitantes y a otros asistentes durante el periodo de tiempo de la Copa.

Para respaldar aún más la inversión financiera realizada por los patrocinadores de la Copa y también en línea con los compromisos asumidos por Qatar en las garantías del gobierno, la ley crea un “área de restricción comercial”, que es el área adyacente al estadio o a cualquiera de los Eventos. Esta ubicación es determinada por la FIFA con un radio que no exceda los dos kilómetros, incluido el espacio aéreo anterior, y calculada desde el centro del estadio o de la ubicación de los eventos. Queda prohibido el ejercicio de cualquier actividad comercial o de otro tipo el día del partido y el día anterior en esa zona. Se ha proporcionado una excepción a las empresas existentes que se encuentran dentro de su radio para que se les permita continuar sus operaciones de acuerdo con las reglas e instrucciones específicas emitidas por la FIFA.


Teniendo en cuenta la ley anterior, nuestro consejo para todos aquellos que no son patrocinadores oficiales de la Copa del Mundo de 2022 son los siguientes:

• No use las palabras “FIFA” o “World Cup 2022” (independientemente del orden en que se usen las palabras), o sus logotipos, otro vocabulario asociado con el torneo (por ejemplo, Qatar 2022, Copa del Mundo, etcétera), y lemas asociados con la Copa del Mundo (entre otros, “Expect Amazing”).

• No utilice imágenes que estén protegidas, como marcas, como el logo de la Copa del Mundo 2022, su mascota y el trofeo de ganador de la Copa del Mundo.

• No use sin autorización la imagen de jugadores o equipos, pues ellos también tienen su imagen debidamente protegida; sin embargo, el uso (apropiado) de la bandera de las naciones participantes en la Copa del Mundo no está prohibido.

• Las imágenes deportivas genéricas, incluso de fútbol, ​​no deben considerarse ilegales siempre que no sugieran una asociación oficial con la Copa del Mundo.

Con este conjunto de normas se pretende proteger a la FIFA y a sus socios y a los patrocinadores oficiales.

Establecimiento de empresas

La ley otorga a la FIFA y a otras entidades específicas responsables de la realización de aspectos de la Copa el derecho a establecer una presencia en el Estado de Qatar bajo un régimen aplicable con capital 100 por ciento extranjero. Si bien esto es consistente con las leyes ya existentes, la exención otorgada se limita a las actividades relacionadas con la Copa y la presencia de esas empresas expira en el transcurso de los noventa (90) días posteriores al final del periodo de la Copa, a menos que esas empresas hayan buscado cambiar su estatus. La Ley Habilitante también provee, en estos casos, un proceso simple de liquidación acelerada.

Misceláneos

Además, Qatar se ha comprometido a proporcionar a los asistentes a la Copa del Mundo transporte gratuito a través de trenes y autobuses designados por el Estado para este fin.

También queremos destacar las medidas adoptadas en virtud de la Decisión Ministerial 46/2021 de Qatar, por la que se fijan los precios máximos de alquiler de habitaciones de hotel y lugares similares durante la Copa Mundial de la FIFA 2022 en Qatar. El reglamento anterior define el precio máximo para 80 por ciento de las habitaciones de hotel en el Estado de Qatar durante el periodo del 1º de noviembre al 21 de diciembre de 2022. Esta es una medida muy importante para evitar sobreprecios en las tarifas hoteleras durante la Copa del Mundo.

Los voluntarios tienen el potencial de contribuir al valor social de un gran evento deportivo. La ley mencionada incorpora un capítulo que aborda el uso de voluntarios en la Copa. En este sentido, la ley permite que la fifa utilice voluntarios sin necesidad de obtener un permiso de trabajo. Los voluntarios extranjeros recibirán permisos para una o varias entradas que expirarán al final del periodo de competencia. Los voluntarios también están exentos de cualquier aplicación de impuestos asociados con sus actividades de voluntariado.

Notas

Almudena Gregorio Ibanez, del despacho United Advocates, coadyuvó en la revisión de este texto.

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