En este momento se anunció que la ministra Norma Piña Hernández presidirá la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y el Consejo de la Judicatura Federal (CJF). En los últimos años, este encargo ha visto envuelto en múltiples controversias (sobre todo, políticas). Pero más allá de esa cuestión turbulenta en la que no repararemos ahora, conviene preguntarnos: ¿qué importancia e implicaciones tiene ocupar la presidencia de la SCJN?
Veamos rápidamente. El artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación prevé, en su veinticuatro fracciones (además de las otras que pudiere señalar la ley), las facultades que tiene que presida a la SCJN y al CJF; por ejemplo, el trámite de asuntos competencia del Pleno de la SCJN, el turno de los expedientes entre sus integrantes para que formulen los correspondientes proyectos de resolución, la autorización de las listas de los asuntos, la dirección de los debates y el mantenimiento el orden en las sesiones del Pleno, y el acuerdo de lo relativo a las licencias, remociones, renuncias y vacaciones de las y los servidores públicos de la SCJN.
Sin embargo, entre estas cuestiones relacionadas con trámites y formalidades, se asoman otras que denotan la importancia (y el motivo de interés) de presidir el máximo tribunal constitucional mexicano. La presidencia de estos órganos implica la realización de funciones de representación y administración1, entre las que destaca, en el artículo 49, la división de poderes (si bien no cabe duda de que formalmente no se reúnen dos o más poderes en una sola persona, quien preside la SCJN y el CJF debe ser el máximo defensor de la autonomía jurisdiccional; es decir, la materialidad de la división de poderes).
No podemos olvidar que, como servidor público, también está sujeto a las obligaciones que establece el artículo primero constitucional de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos. ¿Cómo? Aquí un par de ejemplos: Al momento de proponer los nombramientos de servidores públicos deberá tomar en consideración la paridad de género; al expedir el reglamento interior y los acuerdos generales que en materia de administración requiera la SCJN en los cuales se señalan la Dirección General del Justicia TV Canal del Poder Judicial de la Federación y así como de la Dirección General de Casas de la Cultura Jurídica, deberá utilizarlos como herramientas para la promoción y difusión de la cultura de los derechos humanos.
Un punto para reflexionar en la trascendencia de los alcances de este cargo, es el relativo al anteproyecto del presupuesto de egresos de la SCJN que debe formular el ministro, quien debe tomar en cuenta que el buen administrador es quien actúa como un buen padre de familia: el presupuesto de egresos no debe estar atado a agendas personales sino al buen funcionamiento del Poder Judicial de la Federación, a la remuneración digna de sus integrantes, a acercar la justicia a todas las personas y a la difusión de la cultura jurídica.
Por supuesto, esto debe ser encaminado a que la ministra Norma Piña Hernández pueda llevar a cabo su propia agenda. ¿Ya conocen los ejes rectores de su plan de trabajo?
Como lo señaló en su proyecto, al asumir la presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la ministra Norma Piña Hernández promoverá la independencia judicial a través del fortalecimiento de la función jurisdiccional; la consolidación en el combate a la corrupción; la reingeniería y medidas de mejora de la actividad administrativa de la SCJN y el CJF; la centralidad de los derechos humanos a través de unidades especializadas y las políticas de comunicación social, Justicia Tv y redes sociales –esfuerzos de comunicación con lenguaje accesible.
¡La felicitamos y le deseamos el mayor éxito en su encargo!
Notas:- Funciones que no son del todo discrecionales toda vez que, si bien cada ministro tiene la oportunidad de hacer una propuesta de trabajo, estas tareas deben de ir acorde con los principios consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos[↩]