2024
- 16 de septiembre
- Reforma Judicial: entra en vigor.
- Inicia Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025 = “Primera elección judicial”.
- Poder Judicial de la Federación: debe ajustar sueldos de servidores públicos para que sean menores al del Presidente de la República.
- 23 septiembre
- Instituto Nacional Electoral: debe iniciar con la organización de la “Primera elección judicial”.
- 16 octubre
- Senado: fecha límite para que emita convocatoria para listados de candidatos judiciales.
- 15 de diciembre
- Poder Judicial Federal y Poderes Judiciales Locales: fecha límite para extinguir fideicomisos y fondos. El dinero deberá entregarse a la Tesorería de la Federación y tesorerías de los estados.
- Congreso de la Unión: fecha límite para adecuar legislación secundaria.
2025
- 16 de febrero
- Congresos locales: fecha límite para adecuar leyes de poderes judiciales estatales.
- 1 de junio
- “Primera elección judicial”: 100% de ministros, 50% de magistrados y jueces, magistrados electorales e integrantes de nuevos órganos del Poder Judicial Federal.
- Elecciones judiciales en los estados.
- 1 de septiembre
- Nueva Suprema Corte de Justicia de la Nación, Tribunal de Disciplina Judicial y órgano de administración judicial: entran en funciones.
- TEPJF: entran en funciones magistrados de Sala Superior y salas regionales
- Consejo de la Judicatura Federal: desaparece.
- 15 de septiembre
- Magistrados y jueces electos: fecha límite para asignarlos a tribunales y juzgados.
2027
- Junio
- “Segunda elección judicial”: 50% de magistrados y jueces, y algunos magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.Elecciones judiciales en los estados.
- Poder Judicial de la Federación y Poderes Judiciales Locales: deben renovarse en su totalidad.
Primera elección judicial. ¿A quién elegiremos el 1 de junio de 2025?
Nueve ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistraturas vacantes de la Sala Superior y totalidad de magistrados de salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, 50% de magistrados de circuito y jueces de distrito.