En el contexto de la reforma constitucional al poder Judicial de la Federación en la que se propone que las personas que imparten justicia sean electas por voto popular, surgen múltiples cuestionamientos sobre el perfil que deben tener las personas juzgadoras y la forma en la que eso responde a la forma de gobierno que hemos construido históricamente. Platicamos con la doctora Josefina Cortés Campos, directora de la Escuela Federal de Formación Judicial, sobre la importancia de la carrera judicial en la construcción en los perfiles ideales que garanticen la justicia en México.
¿Qué es la Escuela Federal de Formación Judicial y a quiénes forma (a la ciudadanía en general, a potenciales impartidores de justicia, a quienes ya la están impartiendo)?
Josefina Cortés – La Escuela Federal de Formación Judicial es un órgano auxiliar del Poder Judicial de la Federación. El mandato de la Escuela Federal de Formación Judicial se dirige a tres áreas concretas: la capacitación judicial, la investigación estratégica al servicio del Poder Judicial de la Federación y los concursos de oposición, que es algo especialmente relevante en el interior del Poder Judicial de la Federación vinculado con la carrera judicial.
¿Cuál es la importancia de la carrera judicial?
Josefina Cortés – Vámonos un pasito atrás. ¿Qué es la carrera judicial? ¿Cuál es su relevancia? ¿Y qué papel cumple en la profesionalización de los jueces, las juezas, los magistrados, las magistradas y los otros integrantes de la carrera, como pueden ser oficiales, actuarios, secretarios? La carrera judicial es un sistema que se establece en la legislación. Una importante reforma en 1995 creó un sistema a partir del cual se logra el ingreso, el desarrollo, la capacitación, la evaluación y la escala en los distintos tramos que integran esta carrera judicial. Es un sistema meritocrático que se construye a través y a partir de principios como la igualdad, el mérito, la capacitación, la transparencia y el rigor en la profesionalización de los distintos integrantes de la carrera judicial. Este sistema incluso prevé los mecanismos para salir de la carrera judicial. Y todo esto está asociado con una evaluación del desempeño.
La Escuela Federal de Formación Judicial, en el seno de lo que es la carrera judicial, trabaja en tres áreas: el ingreso, la profesionalización o la capacitación y la evaluación. Si pensamos en el rol que cumple la carrera judicial en el interior del Poder Judicial de la Federación, podríamos responder, de manera muy concreta, que por la vía de la carrera judicial garantiza que los perfiles jurisdiccionales sean los adecuados y que cuenten con los conocimientos técnicos para desempeñar la función jurisdiccional.
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¿Cuál es el perfil ideal del impartidor de justicia?
Josefina Cortés – Esta pregunta es muy relevante porque nos permite reflexionar sobre qué tipo de conocimientos y qué áreas de formación debemos desarrollar necesariamente en las y los juzgadores. Y eso siempre nos lleva a la pregunta sobre el perfil judicial que exige la función jurisdiccional.
El perfil judicial debe responder a las distintas áreas que integran la carrera judicial. No podemos pensar en una única formación para secretarios, jueces, magistrados; cada uno de los eslabones de la carrera judicial responde a un perfil específico y, en consecuencia, a una necesidad de capacitación. Si la pregunta se hubiera hecho en el siglo XIX, muy probablemente hubiera contestado que la formación a la que debe responder el perfil judicial tiene que orientarse al formalismo jurídico y al conocimiento estricto de la norma y de los procesos. Sin embargo, en el siglo XXI la respuesta a esa pregunta es otra. La Escuela Federal de Formación Judicial forma parte de una red de escuelas judiciales en el ámbito iberoamericano encargada de reflexionar sobre el perfil del juzgador del siglo XXI. Los hallazgos más recientes que tenemos, producto de este proyecto de análisis e investigación, son que la formación de los y las titulares tiene que abarcar necesariamente tres características. 1) La primera es la que se orienta al saber, esto es, al conjunto de conocimientos que debe tener la persona juzgadora. 2) Sin embargo, el perfil del siglo xxi exige más, porque de nada sirve que los juzgadores posean una gran acumulación de conocimiento si no desarrollan también el saber hacer con el conjunto de los conocimientos que adquieren los y las titulares; desde esta perspectiva, la orientación de la formación en la Escuela Federal de Formación Judicial ha dado un paso significativo, porque trabaja en el desarrollo de competencias y no sólo en cultivar el saber. 3) La tercera característica tiene que ver con la forma en que desarrollamos a la persona juzgadora, con lo cual me refiero a la dimensión del ser: ¿cómo desarrollamos las habilidades blandas, como la empatía, el trabajo en equipo y la vocación de servicio?
Si tomamos en cuenta estas tres características que conforman el perfil judicial, cada área de la carrera judicial debe orientarse a esos tres ejes. Pero, insisto, no puede ser lo mismo la formación de un oficial que recién ingresa a la carrera judicial a la formación de un titular (jueces, juezas, magistrados, magistradas). En este sentido, adquiere particular relevancia la necesidad de la especialización. No podríamos pensar que el Poder Judicial de la Federación ejercerá adecuadamente sus funciones si tenemos jueces y juezas generalistas; es decir, que sepan de todo, pero que no tengan un grado de especialidad. Cuando pensamos en materias tan complejas como el proceso penal, las telecomunicaciones, la radiodifusión o la competencia económica, se exige que las personas juzgadoras no sólo conozcan los marcos normativos y la dimensión jurídica de los temas, sino que cuenten con conocimientos propios de la materia para ejercer una adecuada función jurisdiccional.
¿En México ya existe ese perfil del siglo xxi o apenas están los juzgadores y las juzgadoras transitando hacia ese modelo?
Josefina Cortés – Hay más de 1,200 personas juzgadoras en el Poder Judicial de la Federación y sí hay perfiles que están respondiendo a las necesidades contemporáneas. Estos perfiles se han moldeado a lo largo del tiempo y por eso es importante pensar en un sistema que acompañe al juzgador o a la juzgadora a lo largo del tiempo para que derive, detone y posea, finalmente, el expertise que exige la función jurisdiccional.
Este perfil responde a necesidades históricas y sociales, a un contexto y a una visión de lo que hemos convenido que debería ser la justicia y quien la imparte. ¿Cómo afectaría la reforma judicial el perfil del impartidor de justicia?
Josefina Cortés – Es una pregunta muy pertinente en el contexto actual de México. Aquí vale la pena, primero, dar un paso atrás. Hoy no podemos conocer con precisión el efecto y el alcance de la reforma judicial. Porque la reforma no implica únicamente modificaciones a la Constitución política, sino que además tendrá un efecto directo en el marco normativo que rige la función jurisdiccional, los procesos, las competencias… Si en este momento quisiéramos hacer un diagnóstico, no sería más que un diagnóstico parcial, porque necesitamos saber qué cambia en las leyes y en los reglamentos, pues esto es particularmente importante tratándose de la carrera judicial. Si nosotros preguntamos qué tanto de la carrera judicial se regula hoy a nivel constitucional, en realidad tendríamos que responder que la carrera judicial, en cuanto a sistema, procesos y mecanismos de evaluación, encuentra su regulación y su mayor densidad normativa en la Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación y en el Acuerdo de Carrera. Desde esa perspectiva, al día de hoy no se ha planteado ninguna modificación a estos textos, por lo que conocer a ciencia cierta el alcance de la reforma es difícil en este momento.
No obstante, sí sabemos que hay un efecto directo del sistema de nombramientos que está proponiendo la reforma a propósito del perfil del juzgador. Mientras hoy tenemos un sistema que confía plenamente en la carrera judicial para seleccionar a los mejores perfiles jurisdiccionales que implementa concursos de oposición y capacitación constante a lo largo de la permanencia de las personas que forman parte de la carrera judicial, lo que plantea la reforma, tal como ha sido presentada en el Congreso, tiene que ver con un sistema de elección democrático. ¿El sistema de elección democrático es capaz de asegurar que los mejores perfiles desempeñen la función jurisdiccional? Ahí está el reto. Podemos contar con profesionales que conocen muy bien el derecho y que seguramente son personas que conocen a cabalidad el marco normativo, pero no necesariamente son personas que han estado al frente de juzgados, que han integrado la estructura judicial, que conocen cuál es la gestión que está detrás de cada uno de estos órganos jurisdiccionales; en ese sentido, la experiencia es una pieza clave de la carrera judicial y de un adecuado perfil. Y esa experiencia requiere años, pues no se adquiere recién egresado de la licenciatura en derecho.
Se han llevado a cabo diversos diálogos en torno de esta reforma constitucional. ¿Qué haría falta en esos diálogos? ¿En qué deberíamos poner atención?
Josefina Cortés – A lo largo del tiempo he tenido la ocasión de participar en distintos procesos de reforma estructural, de manera que es más o menos habitual preguntarse cuáles son los elementos y los principios a los que debe responder cualquier reforma que opere de modo transversal en los ordenamientos jurídicos. Y desde esa perspectiva uno siempre piensa que las reformas exitosas son las que deben responder a principios como transparencia, participación ciudadana, información, más información, más información, y desde luego deben ser implementadas de manera progresiva, con un sentido prudencial, porque la transformación de los marcos normativos no modifica la realidad de la noche a la mañana, sino que requiere un proceso de adaptación para poder implementar el cambio; desde luego, también pensamos en reformas que respeten los derechos humanos y que respondan a las mejores prácticas internacionales. Cuando traemos a la colación estos principios y queremos revisar esta reforma, encontramos muchas áreas de oportunidad.
Desde luego están abiertos los foros del Congreso, que están próximos a concluir, pero es importante considerar, como parte de este proceso de reflexión, dónde queda el análisis técnico de la reforma. No solamente el proceso de reforma debe incluir la comunicación y la participación ciudadana, que es extraordinariamente valiosa y pieza fundamental de la democracia. Además, cualquier reforma debe tener un análisis técnico y eso está haciendo falta. ¿Cuál es el análisis técnico desde la perspectiva constitucional, desde la perspectiva judicial, que ofrece la reforma?
¿Podría considerarse que la reforma judicial es una reforma a la Constitución, o algo distinto, que trastoca el Estado de derecho, la división de poderes? ¿Cómo deberíamos entender la propuesta de reforma judicial?
Josefina Cortés – Me parece que plantear reformas a los textos constitucionales es una forma de dar expresión a la evolución de una sociedad, una forma de responder a los principios democráticos que están detrás de cualquier Estado de derecho. Proponer reformas constitucionales no es el tema; de hecho, me parece que lo relevante aquí está en preguntar sobre los principios que están detrás del Estado de derecho y que con los cambios constitucionales pueden verse comprometidos. Si consideramos que el Estado de derecho tiene como piezas clave el principio de legalidad, la separación de poderes, el respeto a los derechos humanos, la legitimación democrática y la soberanía popular, tenemos piezas importantes para la reflexión en el proceso y en el marco de discusión en el que se está moviendo el análisis de la reforma.
La propia composición del Congreso nos da una pista importante sobre el marco de discusión que posee la reforma. ¿Tenemos una representación que le habla a un Estado de derecho, a un Estado constitucional, o no? Otro principio clave es el de separación de poderes que garantiza, además, el adecuado ejercicio de la función jurisdiccional a través de la independencia judicial; si en algo he abundado en la prensa y en los foros, es poner en claro que los jueces no deben responder a intereses: los jueces, las juezas, los magistrados y las magistradas no deben preocuparse por caerle bien a la ciudadanía. Lo que históricamente ha distinguido a la función jurisdiccional y la ha blindado es la independencia; como lo escuchaba en voz de uno de los ex ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, don Juan Silva Meza: “Nadie por encima de la Constitución, ni el Ejecutivo, ni el Legislativo, ni el Judicial”.
Quienes imparten justicia no tienen que agradar a la gente. Una de las cosas que ha estado en el debate público, sin embargo, es que quienes imparten justicia no representan a la comunidad porque los sienten lejanos e inaccesibles. ¿Cómo lograr un puente de diálogo entre este poder y quienes lo operan con la comunidad?
Josefina Cortés – A lo largo de la historia y de la conformación de los poderes en Estados democráticos se han ido forjando perfiles, códigos de conducta, tipos de diálogo entre la ciudadanía y entre los poderes. Durante muchos años el Poder Judicial ha permanecido, hasta cierto punto, distante de la sociedad. Mientras que para mí años atrás hubiera sido muy razonable la afirmación de que los jueces hablan únicamente por medio de sus sentencias sin necesidad de decir algo más, en el siglo XXI, cuando hay diversidad de medios de comunicación, donde la ciudadanía está ávida de conocer y entender, se nos llama a la reflexión respecto de los códigos, la comunicación y el grado de cercanía que sería deseable que tuviera el Poder Judicial con la ciudadanía. Ahí hay un área de oportunidad. En los últimos 18 años se ha avanzado en un concepto que me parece muy pertinente: la justicia abierta. Finalmente, debemos hacer partícipe a la ciudadanía de lo que hace el Poder Judicial. Tenemos que comunicarnos más y mejor con ella; debemos trabajar en un lenguaje ciudadano y en simplificar las sentencias. Para eso hay procesos de formación y la Escuela Federal Formación Judicial está trabajando en esa línea. Los modelos de formación para elaborar sentencias, probablemente desde los años noventa del siglo pasado, no han variado. Debemos trabajar en sentencias que verdaderamente dialoguen con la ciudadanía. Desde esa perspectiva, estoy convencida de que uno de los grandes componentes de esta transición tiene que ver con lograr la justicia abierta, ya no solamente con el acceso a la justicia.