¿Qué llevó al Ejecutivo, en 2021, a crear la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) como un órgano desincorporado del SAT? ¿Bajo qué condiciones es creada la ANAM? El autor de este texto, experto en Derecho aduanero, en comparación con la extinta Administración General de Aduanas nos introduce críticamente a este órgano desconcentrado responsable de todas las aduanas del país.
Antes de hacer una descripción y un análisis del contexto que llevó al Ejecutivo federal a desincorporar del Servicio de Administración Tributaria (SAT) a la Administración General de Aduanas (AGA), es importante conocer un poco de los antecedentes y las costumbres que giraban alrededor de esa unidad administrativa.
Para ello es importante señalar que, desde su creación, la AGA dependió de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) bajo el manto de una subsecretaría, pero reportando directamente al secretario en turno.
No es un secreto que esa unidad administrativa ha estado inmersa en un sinnúmero de casos de corrupción y de contrabando autorizado desde las más altas esferas de poder, pues en los cargos de Administrador General de Aduanas ha habido todo menos expertos en comercio exterior, salvo honrosas excepciones recientes. Esto lo ilustra el caso de un chofer del hermano incómodo de un presidente de la República que ocupó dicho puesto, de manera que podemos asegurar que se trata de un puesto político para un área técnica y estratégica del comercio exterior y de la seguridad nacional.
Ese y otros motivos hicieron que en 1997 se creara un órgano desconcentrado llamado Servicio de Administración Tributaria, que arropara a la AGA y operara bajo su manto. Empero, desde aquel año los titulares eran designados por el Ejecutivo federal, como sucede hasta la fecha.
No menos importante es lo comentado, pues durante el sexenio de Vicente Fox los servicios aduaneros empezaron a privatizarse y con ello comenzó a generarse una serie de irregularidades en la entrega de concesiones, pero especialmente se crearon fideicomisos que en la actualidad reditúan miles de millones de pesos por servicios de prevalidación de pedimentos y con gastos poco transparentes por parte del ente público, dinero que, por cierto, era repartido en ciertas proporciones a las demás áreas del SAT, lo cual hizo que no todo el dinero recaudado se utilizara para mejoras en Aduanas sino en gastos operativos del desconcentrado.
Así contextualizado el tema histórico-político, a mediados de 2021 el Ejecutivo emitió un decreto mediante el cual se creaba la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM),1 la cual se desincorporaba del SAT, entre otras cosas, según su exposición de motivos, para eliminar la corrupción y reenfocar el combate al contrabando y a la introducción de armas ilegales al país.
De ese decreto no vale la pena señalar más que suspendía su entrada en vigor hasta que se crearan otros instrumentos legales que le dieran sustento, situación que, evidentemente, denotaba la falta de aseo de los asesores legales del presidente.
No fue sino hasta el 21 de diciembre de 2021 que se publicó un reglamento interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México, cuando, entre otras cosas, nos enteramos de que todo lo relativo al mencionado “decreto” se abrogaba2 para dar paso a las facultades y los encargos del nuevo órgano desconcentrado de la SHCP.
Del citado reglamento interior se puede rescatar que el titular de la Agencia es nombrado por el presidente y otros cargos importantes son propuestos por el consejero jurídico del Ejecutivo federal.3
Operativamente, según el reglamento interior, y a nuestro juicio, la Agencia Nacional de Aduanas de México nace limitada en cuanto a sus funciones secundarias –no menos importantes–, consistentes en realizar fiscalizaciones posdespacho y actos de vigilancia de operaciones de comercio exterior –necesarísimos–, que actualmente realiza la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior del SAT, misma que está desmantelada y con poca operación –desafortunadamente–.
A la Agencia Nacional de Aduanas de México se le sigue encargando la operación de las aduanas y los aeropuertos, así como las autorizaciones de agentes aduanales y las concesiones a particulares. Empero, en dicho reglamento interior no queda claro lo relativo a la instrucción de ciertos procedimientos administrativos ni a su resolución o determinación.
Tampoco se señala nada respecto de un servicio civil de carrera ni de la creación de una Escuela Nacional de Aduanas, que antaño existía. De manera que sin estos dos aspectos creemos que será difícil lograr el tan parafraseado eslogan de combatir la corrupción con funcionarios íntegros, pues evidentemente la falta de estabilidad y la poca capacitación otorgada por escuelas privadas externas no logrará esos fines.
También es cierto que la Agencia Nacional de Aduanas de México constituirá un órgano administrativo desconcentrado, dotado de autonomía técnica, operativa, administrativa y de gestión, que tendrá el carácter de autoridad fiscal y aduanera. La nueva agencia contará con los recursos de los fondos y los fideicomisos que se constituyan, las asignaciones que establezca el Presupuesto de Egresos y los ingresos que obtenga por la prestación de servicios y gastos de ejecución, entre otros.
Punto aparte y controversial ha sido el hecho de que la Agencia Nacional de Aduanas de México podrá contar con personal que pertenezca o haya pertenecido a las fuerzas armadas, de conformidad con las disposiciones aplicables, situación que no es del todo criticable, no obstante que desde hace un par de años se ha demostrado que el personal de la marina y ejército no cuenta con la capacidad técnica para dirigir una aduana.
La Agencia Nacional de Aduanas de México será la responsable de todas las aduanas del país y contará con direcciones generales y un órgano de control interno, entre otras áreas. No destacan grandes cambios de las facultades que tenía la Administración General de Aduanas a las actuales de la ANAM; de ahí que no se hagan mayores anotaciones.
La comunidad del comercio exterior, abogados, agentes aduanales, transportistas y demás personas que viven el día a día, hemos observado la falta de organización en la transición y la salida del SAT, desde falta de información hasta inoperación de las oficialías de partes para recibir documentos y solicitudes de autorizaciones, entre otras. Esperamos que esto mejore pronto.
Según el artículo 3º del reglamento interior, la agencia tiene a su cargo, entre otras funciones:
• Recaudar el importe de los ingresos federales aduaneros.
• Realizar la vigilancia y la custodia de los recintos fiscales y fiscalizados y de los bienes y valores depositados en ellos, así como comprobar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes.
• Determinar y liquidar los ingresos federales y aduaneros y solicitar y proporcionar a otras instancias e instituciones públicas, nacionales o del extranjero, el acceso a la información necesaria para evitar la evasión y la elusión fiscales en materia aduanera y otros ilícitos o infracciones.
• Emitir las disposiciones de carácter general y los acuerdos administrativos necesarios para el ejercicio eficaz de sus atribuciones.
Cabe señalar que los recursos humanos, financieros y materiales con que cuenta la Administración General de Aduanas y las Aduanas del Servicio de Administración Tributaria serán transferidos a la Agencia Nacional de Aduanas de México. Empero, a la fecha hemos visto un traumático divorcio entre ambos entes con motivo de la emancipación.
Finalmente podemos afirmar que falta mucho para tener un servicio de Aduanas funcional y eficiente; sin embargo, la nueva agencia tendrá los recursos financieros para lograrlo, si así lo desea, pero el factor humano es lo primordial y en eso no se ven grandes cambios, ni grandes expectativas. Al tiempo.
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Notas: