Felipe Tena Ramírez: «La ética del juez»

Si nos dedicaramos a hacer una lista de los juristas más importantes que ha producido México, don Felipe Tena Ramírez (1905-1994) ocuparía un alto lugar. Su obra jurídica sigue trascendiendo hasta nuestras fechas. El maestro es venerado por sus miles de discípulos; pero sobre todo, fue juez, de esos que dejan huella, de los que trascienden dejándonos lecciones y consejos inolvidables. Su enorme talento lo llevó a ocupar el dignísimo cargo de Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En mayo de 1953, el maestro escribió un lúcido artículo sobre la naturaleza del juzgador. Tratando de no perder la esencia del mismo, lo presentamos a manera de decálogo.


1. La misión del juez es restaurar el Derecho, reintegrar a cada quien lo suyo. Solo merece la investidura y el respeto cuando dirime los pleitos precisamente reparando las violaciones que los suscitaron. La cosa juzgada no basta; la cosa debe ser juzgada con justicia.

2. El juez debe acoplar todos los elementos para el conocimiento cabal del caso y debe conservarse inexorablemente neutral.

3. En cuanto a los hechos, el juez tendrá que llevar su investigación hasta las fronteras últimas que le marque la Ley.

4. En cuanto al Derecho, es indudable que el juez debe ser un experto catador de Leyes, un perito en la Ciencia del Derecho, un técnico en materias jurídicas. Todo eso debe ser el juez, pero nunca debe ser un doctrinario. Quien es capaz de sacrificar una solución justa en aras de una teoría jurídica, no merece ser juez.

5. El juez necesita aptitud nativa para la profesión que ejercita, aptitud que nunca podrá ser reemplazada suficientemente por el estudio. Se necesita que el estudio persistente y la práctica constante adiestren y perfeccionen la natural idoneidad.

6. No se puede hablar de juez, ni bueno ni malo, cuando le falta la característica esencial e identificadora del juez: la imparcialidad o neutralidad. La rectitud del juez, que consiste principalmente en la imparcialidad, debe erigirse como pararrayos en medio de cualesquiera tempestades.

7. El juez que, a título de mantenerse independiente, usa de intemperancias con las partes; olvida que el hábito de la urbanidad y de la paciencia no está reñido con la imparcialidad, con tal de dar oportunidades iguales a los contendientes.

8. Para el juez, la firmeza de criterio atemperada por la prudencia favorece el equilibrio necesario. Pero adviértase bien que firmeza de criterio no es empecinamiento, porque el juez debe estar pronto a escuchar y rectificarse.

9. Por lo demás, hay algo que imprime unidad y calor de vida a la personalidad moral del juez, algo que es capaz de colmar lagunas de la conducta del juez, algo en fin sin lo cual las mejores virtudes adquieren en el juez la rígida actitud de las espadas. Es eso que se llama piedad, misericordia, amor, la entrega abnegada a los demás. La misericordia despeja los caminos de la justicia. La comprensión afectuosa de las debilidades humanas dota al juez de especial clarividencia y le permite discernir, como el ojo alejandrino, dentro de la sombra.

10. El único juez que merece nuestro estudio es el juez que se equivoca, el que incurre en errores y en injusticias, porque es el único juez que conocemos en este mundo.

Felipe Tena Ramírez

Newsletter

Recibe contenidos e información adicional en tu bandeja de entrada.

Convenios de mediación ante tribunales

Víctor Manuel Fernández y Laura Enelly Castro nos comparten, desde su especialidad y experiencia como mediadores privados, a cómo los convenios alcanzados después de...