Las prisión preventiva

La figura de la prisión preventiva oficiosa ha sido ampliamente criticada y discutida. Hay quienes opinan que es inconstitucional, a pesar de estar establecida en la Constitución Política, por violar los derechos humanos sujetas a un procedimiento penal; hay, sin embargo, quienes argumentan lo contrario atendiendo a la seguridad en el país. Recientemente, en México la discusión ha alcanzado cierta tensión, pues la Suprema Corte de Justicia de la Nación está discutiendo la constitucionalidad de la figura a la luz de las normas internacionales en materia de derechos humanos, lo que pone en riesgo la estrategia de seguridad del actual gobierno. Juan Velázquez, conocido como “el abogado del diablo”, no hace mucho nos compartió su opinión al respecto…


Las prisiones mexicanas están inmersas en la miseria, la desolación, la promiscuidad, la violencia, la sobrepoblación, el hacinamiento y la corrupción. Conozco las prisiones desde hace 70 años, cuando mi papá, que era penalista, me llevaba de niño a sus juicios, y no han cambiado. Al contrario, han empeorado —con excepción de las prisiones de máxima seguridad—.

En las prisiones los verdaderos delincuentes simple y sencillamente van a graduarse. Hay otros presos que delinquen por oportunidad o por necesidad; esos son encarcelados y al final de cuentas salen escarmentados.

¿Qué piensa de la prisión preventiva? Especialmente en los casos mediáticos tan conocidos en que es difícil garantizar la comparecencia de los procesados.

La prisión preventiva es un castigo anticipado y es contraria a la presunción de inocencia. Todos entendemos que si a alguien que se presume inocente después de un juicio se le declara culpable, entonces merece la pena de prisión y debe compurgarla. Pero en nuestro sistema la pena se impone desde el primer momento del enjuiciamiento. No hay absolutamente ninguna diferencia entre el castigo y el aprisionamiento preventivo.

Si una persona es acusada de un delito, digamos homicidio, que amerita prisión preventiva oficiosa, pero no hay pruebas claras de que lo cometió, vive en la Ciudad de México, ahí está su trabajo, su casa, las escuelas de sus hijos y sus cuentas de banco, no podría, por ejemplo, dar su casa en garantía de que no va a escapar. Porque absurdamente se piensa que la libertad provisional, la libertad durante el juicio, implica impunidad.

Sobre la prisión preventiva hay una frase lapidaria de Francesco Carnelutti en un libro cuyo título lo dice todo, Las miserias del proceso: “La justicia humana hace sufrir a los hombres no porque sean culpables sino para saber si lo son, mediante el proceso, que es una tortura”.

Pero en México los legisladores quieren que a los acusados los aprisionen desde el primer momento de una acusación para “castigarlos”.

Sin embargo, la experiencia en México es que quien presuntamente comete esos delitos que ameritan prisión preventiva de oficio sí tratan de evadir la acción de la justicia.

Porque falta un primer eslabón, sin el cual la cadena del nuevo sistema no puede funcionar para tener como resultado una sentencia condenatoria. Ese eslabón es la policía. No tenemos una policía científica. Y mientras no la haya, el sistema estará condenado a fracasar.

Lee la entrevista completa: Juan Velasquez, «El abogado del Diablo»


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