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Plácido Morales Vázquez: Justicia laboral para los trabajadores

Plácido Morales

Plácido Morales | Foto: David F. Uriegas

Motivado por dejar atrás la parálisis en que la pandemia sumió a los órganos jurisdiccionales del país, y convencido del compromiso que conlleva impartir justicia pronta y expedita en el ámbito laboral, el magistrado presidente del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, Plácido Morales Vázquez, aborda en esta entrevista los aspectos clave de la reciente reforma laboral en lo que tiene que ver con los trabajadores al servicio del Estado y expone algunas medidas que, en su opinión, deberían implementarse para disminuir el número de conflictos laborales en el gobierno.


Para comenzar, ¿podría darnos un panorama general del estado que guarda la impartición de la justicia laboral en México?

Plácido Morales – Hay que distinguir entre el apartado A y el B del artículo 123 constitucional, esto es, las finalidades que persiguen ambos.

En el derecho del trabajo privado el objeto es el equilibrio entre los factores de la producción; de ahí que se imponga la necesidad de realizar cambios. Los grandes intereses del capital y la decadencia de los órganos impartidores de justicia que se corrompían frente a ese capital imponían llevar la justicia al Poder Judicial, para crear tribunales independientes a cargo de jueces únicos y una instancia prejudicial conciliatoria obligatoria.

En cambio, en el apartado B la finalidad es regular las relaciones entre el Estado y sus trabajadores. En la función pública se atiende al orden público y al interés social, de manera que se está desprovisto del lucro o de la obtención de una ganancia, que es lo que se persigue en ese equilibrio de factores de la producción, capital y trabajo. Por eso es conveniente que la justicia laboral burocrática mantenga la contención del Ejecutivo, a nivel federal sobre todo, para mantener la cohesión entre las secretarías de Estado y otras entidades de la administración pública centralizada y su sano equilibrio con las federaciones y confederaciones, de manera que se cuide, por un lado, la libertad sindical y de asociación y la eficaz negociación colectiva a la que tienen derecho los servidores públicos, pero sin que se paralice u obstruya el servicio público, que es del interés de todos los ciudadanos.

¿Cuáles son las particularidades de la legislación laboral, hablando de los trabajadores al servicio del Estado?

Plácido Morales – El derecho laboral burocrático, a diferencia del derecho laboral del apartado A del artículo 123 constitucional, solamente se explica en función de las tareas de servicio público, y en relación con la eficaz atención de las necesidades colectivas de los integrantes de la sociedad, como claramente lo establece la Constitución, además de que el nacimiento y la extinción de las relaciones laborales que vinculan al Estado con los servidores públicos a su servicio obedecen a criterios eminentemente presupuestales, que justifican su regulación diferenciada con el trabajo en general.

Sin embargo, debe decirse que el derecho burocrático es una rama autónoma de la ciencia jurídica. Esto es, que si bien esta disciplina está íntimamente relacionada con el derecho administrativo, al igual que con el derecho del trabajo, eso no es motivo para considerarla como una parte de aquélla, sino que en realidad se ha integrado en nuestro país como una disciplina distinta dentro del conocimiento jurídico, con características, historia y metodología propias, y si bien el nombramiento de los trabajadores está vinculado a cuestiones presupuestales, se procura respetar la estabilidad de los trabajadores al servicio del Estado para lograr un nivel más de especialización y el logro de una adecuada función pública.

¿Cuáles son los principales conflictos laborales que ocurren en las dependencias de la administración pública?

Plácido Morales – En cuanto a los conflictos individuales, los que ocurren mayormente se deben al despido injustificado —las principales acciones que se ejercitan son la reinstalación o indemnización constitucional, así como el pago de los salarios caídos con incrementos, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, tiempo extraordinario y seguridad social—; la asignación de plazas o ascensos derivados de los concursos a los que son sujetos los trabajadores al servicio del Estado; el otorgamiento de pensión por incapacidad parcial o total permanente derivada de un riesgo de trabajo o de una enfermedad profesional; el otorgamiento de otras pensiones de seguridad social —como viudez, orfandad o cesantía en edad avanzada—, y el reconocimiento de la relación laboral y la nulidad de documentos que impliquen violación a los derechos laborales y fundamentales —como renuncias, reconocimientos de antigüedad y convenios—.

En el apartado B del artículo 123 constitucional, que regula las relaciones entre el Estado y sus trabajadores, también encontramos conflictos relativos a la autorización para cesar por cualquiera de las causales previstas en el artículo 46, fracción V, de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado; el pago de la indemnización prevista en el artículo 10, fracción X, de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; la expedición de nombramientos, y el pago del quinquenio previsto en el artículo 34, segundo párrafo, de la Ley Burocrática, entre las acciones más comunes.

Y en cuanto a los conflictos colectivos, se centran en acciones sindicales e intersindicales en las que se controvierten tomas de nota de las directivas de los comités ejecutivos nacionales o de los comités seccionales; la objeción a las modificaciones de los estatutos; la manera en que se llevaron a cabo las elecciones sindicales, y las prórrogas que importaron la ampliación de los periodos de gestión con motivo de la pandemia de Covid-19.

Usted menciona el tema sindical, que fue uno de los puntos medulares de la reciente reforma laboral. En cuanto a las nuevas reglas de la democracia sindical, ¿cuál es el mayor problema que hay que atender?

Plácido Morales – La verificación de la debida jornada electoral para la elección de las directivas sindicales, garantizando el voto libre, personal, secreto y directo, lo cual implica el traslado de servidores del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje a nivel federal, ya que los sindicatos y las federaciones cuentan con comités seccionales en toda la República mexicana. Por otra parte, se requiere una capacitación permanente para solventar todas las incidencias que pudieran presentarse en el momento de efectuar las votaciones, permitiendo que no se vuelvan un conflicto y que impere el orden en esa votación personal, libre, secreta y directa, que estableció la reforma laboral del 1° de mayo de 2019.

Otra concepto relacionado con este tema es la aplicación estricta de la ley, como es la expedición de la convocatoria con un mínimo de 15 días de anticipación a la elección.

¿Cuáles serían tres medidas que en su opinión deberían considerarse para disminuir el número de conflictos laborales en el gobierno?

Plácido Morales – La primera tiene que ver con el empleo de los medios alternativos de solución de controversias, básicamente con la conciliación frente a un funcionario de este órgano jurisdiccional que pueda brindarles propuestas para lograr un arreglo que satisfaga a ambas partes, con la celebración de un convenio, que puede darse incluso sin la existencia de un conflicto previo, sino de carácter paraprocesal, que evite el planteamiento de una demanda. También, explorar la mediación, que si bien no está regulada en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y tampoco en la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores y las dependencias que ya han platicado previamente someten a la autorización de este tribunal un acuerdo para dar por terminado un conflicto laboral o bien para evitar una controversia futura.

La segunda tiene que ver con la capacitación de las áreas jurídicas y administrativas de las dependencias de la administración pública federal, para que nombren a un servidor o lo separen de su cargo de manera correcta, evitando así la presentación de demandas por violación de derechos laborales o por simulación de relaciones de trabajo, con figuras que no se ajustan a la relación laboral real, ya que en ocasiones los contratos de prestación de servicios profesionales contienen subordinación, o bien no se justifica la naturaleza de un trabajo temporal o las funciones que reviste el empleado público, que en ocasiones no son de confianza, sino que son las que corresponden a un trabajador de base. Además, existen formalidades legales que deben satisfacerse para solicitar la autorización para cesar los efectos de los nombramientos, tales como la instrumentación de un acta administrativa que contenga con toda claridad la causal de rescisión, sin olvidar que, al tramitarse los conflictos laborales, el acta sea debidamente ratificada por quienes intervinieron en su instrumentación.

Por último, es importante que se cumpla con la ejecución de los laudos de manera oportuna, con el fin de disminuir el pasivo laboral que comúnmente se incrementa por la acumulación de salarios caídos o por los incrementos salariales cuando se condenó al pago de la indemnización constitucional o a la reinstalación.

¿Qué tareas pendientes tiene el tribunal que preside?

Plácido Morales – En cuanto al cumplimiento de la reforma laboral del 1º de mayo de 2019 en materia sindical, cooperar para que se logre una adecuada democracia sindical, garantizando la libre sindicalización y la representación proporcional en las directivas sindicales, e impulsar que en la toma de decisiones fundamentales esté presente el voto personal, libre, secreto y directo para la designación de los dirigentes de los sindicatos, lo que permitirá una negociación colectiva que represente cabalmente los intereses de los trabajadores, sin obstruir el cumplimiento de la función pública.

En otro sentido, uniformar los criterios jurídicos de acuerdo con la interpretación jurisprudencial y en estricto cumplimiento de la ley, para generar certeza jurídica a los justiciables y reducir la concesión de amparos, pues, en caso contrario, se incrementarían las cargas de trabajo y el retraso en la tramitación de los asuntos que se someten a nuestra consideración.

Finalmente, la capacitación constante de los propios servidores de este tribunal en el campo jurídico, en el uso de los medios alternativos de solución de controversias, así como de conocimientos jurídicos y tecnológicos que les permitan eficientizar su trabajo, y en el campo administrativo o de otras áreas, para que empleen las herramientas que garanticen el cumplimento de sus metas, y que lo anterior se traduzca en una mejor impartición de justicia y de servicio.

El tribunal cuenta con una Procuraduría de la Defensa de los Trabajadores al Servicio del Estado. ¿Cómo funciona este órgano?

Plácido Morales – La procuraduría brinda asesoría especializada de calidad en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 17, párrafo octavo, de la Constitución, el cual establece la obligación del Estado de garantizarla, respaldada con los años de experiencia de sus servidores, los cuales permiten la debida atención a quienes no cuentan con recursos para contratar un abogado privado, por lo que viene a fungir como una verdadera defensoría de oficio.

Durante los meses de suspensión de actividades por la pandemia, la procuraduría mantuvo sus funciones, elaborando demandas y promociones legales en forma virtual, lo que permitió dar celeridad a los trámites de los juicios laborales que, en cifras del año pasado, representaron 14.5 por ciento del universo total de los juicios que se tramitan en este órgano jurisdiccional.

Cabe precisar que la procuraduría se ha coordinado estrechamente con la Unidad de Funcionarios Conciliadores de este Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, así como con autoridades locales y federales, para que se privilegie la función conciliatoria, velando en todo momento por los derechos de los trabajadores.

Hablemos ahora del ser humano detrás del servidor público. ¿Qué sucesos han marcado su vida?

Plácido Morales – Haber nacido en Chiapas, particularmente en Ocozocoautla, un pueblo de la provincia mexicana, me permitió despertar muchas potencias a través de la convivencia con otros niños, despertar mi imaginación, adquirir convicciones a partir del contacto con la realidad social…

Por otro lado, llegar a la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) en 1971, cuando aún estaba vivo el resabio del movimiento de 1968, motivó en mí la participación política. Diríamos que la UNAM, en el 68, fue el principio del fin del autoritarismo, y en el 88, con la campaña de Cuauhtémoc Cárdenas, que despuntó en los terrenos de la universidad nacional 20 años después, fue el principio del nacimiento del sistema de partidos, el comienzo de una vida democrática que aún aspiramos se construya plena. Dichos acontecimientos fueron un punto de referencia para el desarrollo de mi personalidad.

¿Cuáles han sido sus mayores retos como funcionario público, en su amplia trayectoria en cargos federales, estatales y municipales?

Plácido Morales – No hay cargos pequeños ni grandes; hay retos y responsabilidades. El cargo más insignificante es un compromiso y un reto, y el servidor público tiene que hacerlo bien, aspirando a la excelencia.

Aun cuando han sido cargos municipales, estatales y federales, a lo largo de los años puedo decir que todos han sido retos de gran compromiso. He ocupado 19 cargos públicos, incluido el actual como magistrado presidente del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje (TFCA), aparte de haber desempeñado múltiples actividades políticas; fundé organizaciones y agrupaciones para la lucha política electoral que he llevado a lo largo de mi vida; pero, entre todos, haber sido presidente municipal constitucional de Ocozocoautla de Espinoza, Chiapas, donde nací, así como haber tenido responsabilidades académicas como mi regreso a las aulas de la Facultad de Derecho de la UNAM como profesor de teoría política y teoría del Estado, es algo muy significativo. Finalmente, destacaría estar en el TFCA por designación del presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, pues por este tribunal pasa gran parte de la reforma laboral, uno de los objetivos de la cuarta transformación nacional.

¿Tiene algún mensaje final para nuestros lectores?

Plácido Morales – Como abogados y participantes del mundo jurídico, considero que debemos revisar y crear órganos de difusión serios —como es la abogacía®,a la que felicito por su calidad y contenido— para que haya debate sobre los pros y contras de las reformas que puede y debe haber.

Como mexicanos y profesionales del derecho debemos fomentar una conciencia profunda del sentido de respeto a la legalidad, a los derechos y obligaciones que impone la ley. Creo en una conciencia colectiva, de respeto a la ley, que pueda construir un mejor Estado de derecho.

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