Icono del sitio abogacía

Presión política en la procuración y administración de la justicia penal

Adrián Arellano Regino invita a la reflexión crítica sobre el papel que ha tenido en la práctica la presión que ejercen a través de medios sociales los influencers y que tiene como efecto que las fiscalías trabajen en determinado sentido.


Se dice que el derecho cambia conforme a las necesidades sociales; sin embargo, cuando esto es explicado durante la carrera, no se logra dimensionar lo que implica. 

Seguro usted ha notado que en el ámbito de la procuración de justicia han existido un sinfín de cuestionamientos, desde el impacto que tendrá la reforma judicial hasta las inconformidades constantes que tiene la población en general con base en esa percepción de insatisfacción sobre la justicia, y es que eso no se puede ignorar con la cantidad de información que se difunde día con día por parte de los medios de comunicación acerca de las actuaciones que tienen las fiscalías y las personas juzgadoras. 

Algo que últimamente me ha llamado la atención es la constante manera en que personas agrupadas con un objetivo determinado cierran los edificios encargados de brindar un servicio a la comunidad; basta ver lo que está sucediendo en Sinaloa; sin embargo, en la Ciudad de México está aconteciendo un fenómeno al que debemos poner atención: las manifestaciones percibidas como contrapesos –si es que se le puede denominar así– generadas por agrupaciones en favor de hombres señalados por estar involucrados por delitos de índole sexual o de violencia familiar, presunciones que les gusta denominar como delitos fabricados o, simplemente, hechos que no sucedieron

Hernán Gómez Bruera hace poco difundió un caso que expone aquello que en las líneas de arriba describo y que no es cosa menor, pues recordará usted que hace tiempo se generó como prioridad darles voz a las víctimas de violación, abuso sexual y violencia familiar, máxime si las víctimas eran mujeres, tomando relevancia y un papel muy importante en la agenda de todas las fiscalías la presencia de colectivos femeniles, que se crearon para acompañar a las demás víctimas de estos delitos en el camino jurídico, generando con ello reacciones interesantes, pues derivado de la presencia de estos colectivos, se previó que muchas circunstancias no culminaran en delitos de mayor gravedad ante la pronta actuación de ministerios públicos, incentivados –para bien o para mal– por la presión que generaban estas agrupaciones, al grado que se llegó a hacer famoso el comentario en los pasillos de las fiscalías que si se tenía una investigación por estos delitos, seguro terminaría uno vinculado a proceso y con una medida cautelar de prisión preventiva, cumpliéndose –desde el punto de vista dogmático– una de las finalidades del derecho penal, esa difusión del temor sobre las posibles consecuencias legales que podría tener el actuar de determinada manera.

Ahora estamos transitando al surgimiento de agrupaciones que buscan generar contrapesos contra los excesos –conforme su estandarte– de las investigaciones generadas –según sus dichos– de señalamientos falsos, esto más allá de lo interesante que puede sonar para lo político y sociológico, es de necesario análisis desde el punto de vista jurídico. La Suprema Corte de Justicia de la Nación generó un parteaguas al momento de resolver criterios que involucraban la perspectiva de género en los delitos en que las víctimas eran mujeres, creando la obligación de eliminar estigmas sociales para esclarecer el hecho, dotándole de una buena fe a la víctima conforme las etapas procesales correspondientes, lo cual en la práctica generó diversos debates en cuanto al estándar probatorio en la vinculación a proceso dentro de la audiencia inicial, añadiendo que hasta la fecha no existe una claridad en cuanto a ese estándar requerido, dejándolo al arbitrio del juez, pues las tesis con registro digital 2025895 y 2024442 dicen todo y a la vez nada. 

Entonces la pregunta lógica es: ¿la presión social generada por estos colectivos, independiente de a quién apoyen, ya sea víctima o imputado, es un factor que determina el sentido de un asunto penal? Mi respuesta es afirmativa, y es que esto va más allá de suposiciones personales, basta ver el impacto que tienen ciertos asuntos que se vuelven mediáticos, los cuales de la noche a la mañana tienen resultados “favorables” para las víctimas, resultados que no necesariamente son los verdaderos y para ejemplos tenemos infinidad de asuntos que terminan con sentencias absolutorias ya sea por una mala investigación o porque de plano se demostró la inocencia de la persona, pues recordemos que tener a una persona privada de su libertad no necesariamente significa que se hizo justicia ya que en muchos casos resultan falsos positivos. 

Un ejemplo de lo anterior lo encontramos en el caso de un influencer que agredió físicamente a una mujer, asunto que tomó relevancia social por el imputado y la existencia de videos donde se percibía la agresión, caso del cual desconozco el expediente, sin embargo, la pregunta es: ¿cuántos delitos de lesiones, tentativas de feminicidios y feminicidios hay en el Estado de México? La respuesta es demasiados y sólo conocemos uno derivado de esa presión social que se generó al hacerse viral el asunto, preocupante. Otro tema de análisis en ese asunto es la cuestión jurídica al existir un debate dogmático sobre el encuadramiento de la conduta a lesiones o tentativa de feminicidio, siendo importante cuestionarnos si la sentencia que hace unos días se dictó por tentativa de feminicidio fue en razón de la presión social o porque probatoriamente se encontraba sustentada la acusación, imagine usted qué hubiese sido del juzgador si condenaba por el delito de lesiones. 

En consecuencia con estas líneas no pretendo hacer un ensayo sino invitar a la reflexión para todas y todos, principalmente para nosotros como operadores del sistema penal acerca de los cambios sociales que se están dando y cómo impactan en los asuntos que se desarrollan día con día en los tribunales y  usted que me está leyendo no invoque argumentos para desestimar este pensamiento, pues en ningún momento estoy diciendo que alguna de las posturas y presiones sociales sean buenas o malas, simplemente estoy describiendo lo que –tal vez errado– percibo en la práctica, así que debemos estar atentos porque posiblemente el día de mañana le toque litigar un asunto en el cual se encuentre involucrado un colectivo para apoyar a la víctima o al imputado, entonces la pregunta sería para usted: ¿qué haría?

Salir de la versión móvil