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Reestructuras corporativas vs. concursos mercantiles

Serafin Miló analiza las ventajas y las desventajas que implica la elección entre las reestructuras corporativas y los concurso mercantiles como mecanismos para salvar a las empresas en México.


En México, la volatilidad de los mercados, los cambios en la política económica, las fluctuaciones de la demanda, las reformas salariales y otras incertidumbres pueden conducir a situaciones de estrés financiero, poniendo en riesgo de insolvencia a las empresas.

En nuestro país, la empresa es uno de los pilares para la generación de empleo y el sostenimiento de la economía nacional, por lo que requiere mecanismos ágiles y eficaces que le permitan superar adversidades y evitar el estado de insolvencia.

En este contexto, las reestructuras corporativas y los concursos mercantiles aparecen como dos mecanismos necesarios para salvar a las empresas. Ambas figuras legales, contempladas y reguladas por el marco jurídico mexicano a través de la Ley de Concursos Mercantiles y la Ley de Instituciones de Crédito, entre otros ordenamientos aplicables, ofrecen alternativas para que las empresas puedan reorganizarse, renegociar sus deudas y, en última instancia, salvaguardar su existencia. 

Sin embargo, aunque ambos mecanismos persiguen el objetivo común de preservar la continuidad y la viabilidad de las empresas, se fundan en principios y procedimientos distintos, cada uno con sus ventajas, desafíos y condiciones de aplicación.

Por un lado, la reestructuración corporativa se presenta como una solución flexible y menos formal que busca la negociación directa con los acreedores, evitando los estigmas y las complejidades de los procesos judiciales.

Por otro lado, el concurso mercantil ofrece un marco regulado y supervisado por la autoridad judicial que proporciona mayor certeza y equidad legal, no obstante que aún enfrenta fallas en su implementación y falta de agilidad, pues en la práctica nos hemos dado cuenta de que no ha mejorado mucho, además de las dificultades que implica la obtención de financiamiento por parte de las instituciones de crédito.

Ante este panorama, es necesario analizar y comparar estas dos figuras desde una perspectiva que identifique las ventajas y las desventajas de cada mecanismo. Este análisis no sólo es relevante para los actores económicos directamente involucrados (empresarios, acreedores y asesores financieros), sino también para entender que no todas las empresas son iguales y que no todos los mecanismos sirven de la misma forma para todas. 

Análisis de las reestructuras corporativas

Las reestructuras corporativas son un mecanismo ideal para las empresas que enfrentan dificultades financieras, pues ofrecen un camino para reorganizar sus deudas y sus operaciones con el fin de restaurar la estabilidad económica y asegurar la viabilidad a largo plazo.

Este mecanismo se distingue por su naturaleza extrajudicial que permite a las empresas negociar directamente con sus acreedores sin la intervención de procedimientos judiciales. Esta característica es especialmente relevante en contextos como el de Estados Unidos y México, donde muchas veces se quieren evitar los procedimientos judiciales debido a la percepción de lentitud que se tiene de ellos.

Ventajas de las reestructuras corporativas

Agilidad y flexibilidad. Las reestructuras corporativas destacan por su capacidad de adaptarse rápidamente a las necesidades específicas de cada empresa. Por no estar sujetas a los tiempos y las formas de los procedimientos judiciales, pueden implementarse de manera más ágil, permitiendo a la empresa una recuperación económica más rápida. Esta flexibilidad es útil en entornos empresariales dinámicos donde las condiciones del mercado cambian constantemente.

Menor daño reputacional y continuidad operativa. A diferencia de los concursos mercantiles, las reestructuras corporativas suelen ser percibidas de manera menos negativa por el mercado, los socios comerciales y los acreedores. Al evitarse el estigma de un procedimiento concursal y la afectación a la reputación, se favorece la preservación del valor empresarial y se mantienen intactas las relaciones comerciales esenciales para la continuidad operativa de la empresa.

Acceso más fácil a financiamiento crediticio. Las empresas en proceso de reestructuración corporativa pueden encontrar menos obstáculos para acceder a nuevas fuentes de financiamiento por parte de las instituciones financieras.

Los acreedores y las instituciones financieras pueden mostrarse más dispuestos a otorgar créditos a una empresa que está trabajando activamente para mejorar su situación financiera sin recurrir a la justicia, percibiéndola como menos riesgosa en comparación con una empresa que se encuentra declarada en concurso mercantil. Además de que las instituciones financieras pueden otorgar créditos sin riesgo a caer en los delitos del capítulo IV de la Ley de Instituciones de Crédito.1

Desventajas de las reestructuras corporativas

Dependencia del acuerdo entre partes. El éxito de una reestructura corporativa depende en gran medida de la capacidad de negociación y del consenso entre la empresa deudora y sus acreedores. Esto puede ser particularmente desafiante cuando existen múltiples acreedores con intereses divergentes, lo que complica alcanzar un acuerdo que satisfaga a todas las partes involucradas.

Ausencia del estado de stay. A diferencia de lo que ocurre en un concurso mercantil, en las reestructuras corporativas no se produce una suspensión automática de la generación de intereses y la ejecución de créditos contra la empresa. Esto puede propiciar un aumento de la carga financiera durante el proceso de negociación.

Dificultad para llegar a múltiples acuerdos con todos los acreedores. Cuando una empresa tiene una gran cantidad de acreedores, arribar a un acuerdo con todos ellos puede ser extremadamente difícil y, en algunos casos, inviable. La complejidad de las negociaciones se incrementa exponencialmente con el número de acreedores, lo que podría prolongar el proceso y disminuir las probabilidades de éxito.

Limitaciones frente a medidas judiciales. Las reestructuras corporativas no cuentan con el respaldo de medidas judiciales de protección, como las que ofrece el artículo 37 de la Ley de Concursos Mercantiles.2 Esto significa que durante el proceso de reestructuración la empresa sigue siendo vulnerable a acciones legales por parte de acreedores no cooperativos, lo cual puede poner en riesgo el patrimonio de la empresa y entorpecer los esfuerzos de recuperación.

En resumen, mientras las reestructuras corporativas ofrecen una serie de ventajas significativas, como mayor agilidad y menos estigmatización, también presentan desafíos notables, especialmente en lo que respecta a la negociación con múltiples acreedores y la falta de protecciones judiciales. La efectividad de este mecanismo depende en gran medida de la situación específica de cada empresa y de su capacidad para negociar efectivamente con sus acreedores.

Análisis del concurso mercantil

El concurso mercantil es un procedimiento judicial establecido bajo la Ley de Concursos Mercantiles, diseñado para empresas que enfrentan una situación de insolvencia. A través de este proceso, se busca ya sea reestructurar las deudas de la empresa para permitir su recuperación y su continuidad, o bien proceder a su liquidación de manera ordenada. La supervisión de una autoridad judicial asegura la transparencia y la equidad del proceso, protegiendo los intereses de todas las partes involucradas.

Ventajas del concurso mercantil

Suspensión de pagos y stay. Una de las ventajas más significativas del concurso mercantil es la suspensión de pagos que se decreta automáticamente al iniciar el procedimiento. Esto incluye un stay legal que detiene la acumulación de intereses y la ejecución patrimonial por medio de acciones legales contra la empresa, proporcionando un respiro para reorganizarse sin la presión inmediata de los acreedores.

Protección legal y tratamiento equitativo para acreedores. El concurso mercantil brinda un marco legal que asegura la protección de los derechos de todas las partes involucradas. La supervisión judicial garantiza que el proceso se lleve a cabo de manera justa y transparente, ofreciendo un tratamiento equitativo a los acreedores y evitando potenciales abusos entre todos los que intervienen en el procedimiento.

Medidas cautelares y protección del patrimonio de la concursada. El procedimiento permite solicitar medidas cautelares que pueden ir más allá de lo estipulado en el artículo 37 de la Ley de Concursos Mercantiles, con el fin de proteger el patrimonio de la empresa y asegurar su viabilidad futura. Esto incluye la prohibición de realizar actos de ejecución contra los bienes de la empresa, salvaguardando su operatividad durante el proceso de reestructuración.

Beneficios fiscales. Las empresas en concurso mercantil pueden acceder a beneficios fiscales que alivian su carga tributaria durante el proceso. Estos beneficios están diseñados para facilitar la recuperación y la continuidad de la operación empresarial.

Desventajas del concurso mercantil

Lentitud de los procesos judiciales. Uno de los principales inconvenientes del concurso mercantil es la lentitud inherente a los procedimientos judiciales en México. Esta demora puede resultar contraproducente para la recuperación de la empresa, incrementando el riesgo de que termine en quiebra (liquidación), debido a la prolongada incertidumbre y a la falta de operatividad.

Riesgo por tardanza en la reestructuración. La efectividad del concurso mercantil depende en gran medida de su oportuna aplicación. Muchas empresas recurren a este mecanismo cuando su situación financiera ya es crítica, reduciendo las posibilidades de una reestructuración exitosa y aumentando la probabilidad de caer en estado de quiebra.

Dificultades de financiamiento. Durante el concurso mercantil las empresas enfrentan grandes obstáculos para obtener nuevo financiamiento. Las restricciones (delitos) impuestas por la Ley de Instituciones de Crédito desincentivan a las entidades financieras a otorgar créditos a empresas en concurso, limitando sus opciones para sostener o reiniciar operaciones, o, en su caso, conseguir financiamiento sólo por parte de particulares.

Daño reputacional. Una vez que la empresa es declarada en concurso, todo lo anterior es público, incluyendo su procedimiento, lo que genera cierta desconfianza a los terceros y a los demás acreedores para continuar haciendo negocio con la empresa declarada en concurso mercantil.

En resumen, el concurso mercantil ofrece un marco legal amplio y brinda protecciones para la empresa y sus acreedores. No obstante, las limitaciones relacionadas con la posible lentitud del proceso judicial y las dificultades para acceder a financiamiento nuevo por parte de instituciones de crédito destacan la importancia de considerar cuidadosamente este mecanismo, el cual, si bien es muy útil, puede que no sea lo mejor para todas las empresas.

Conclusión

La elección entre las reestructuras corporativas y el concurso mercantil se tiene que tomar de manera muy concienzuda para las empresas en situaciones de dificultad financiera. Este análisis ha destacado que ambos mecanismos tienen ventajas y desventajas específicas y que su idoneidad depende en gran medida de las circunstancias particulares de cada empresa. 

Mientras que las reestructuras corporativas ofrecen una solución ágil y flexible, ideal para negociaciones directas y adaptaciones rápidas, el concurso mercantil provee un marco legal robusto y estructurado, con protecciones judiciales que pueden ser esenciales en casos de insolvencia compleja.

La decisión sobre qué camino elegir no debe tomarse a la ligera. Aquí la figura del abogado especialista en reestructuras y concursos mercantiles cobra una importancia fundamental ya que no sólo debe poseer un conocimiento de ambos mecanismos, sino también una profunda comprensión de ambas dinámicas y atender las necesidades de la empresa.

En este sentido, el papel del abogado trasciende el de un mero asesor legal para convertirse en el de un estratega clave cuya intervención puede determinar el futuro de la empresa. La recomendación de uno u otro mecanismos debe ser resultado de un análisis cuidadoso y personalizado, buscando siempre preservar el valor empresarial y asegurar la viabilidad a largo plazo de la compañía.

En conclusión, la elección entre reestructuras corporativas y concursos mercantiles debe ser informada, estratégica y altamente personalizada, reflejando las particularidades de cada empresa. Es un reto y una gran responsabilidad guiar a una empresa hacia la solución más adecuada y es determinante si se le quiere salvar y reestructurar.

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  1.  Ley de Instituciones de Crédito. “Artículo 112. Se sancionará con prisión de tres meses a dos años y multa de treinta a dos mil días de salario cuando el monto de la operación, quebranto o perjuicio patrimonial, según corresponda, no exceda del equivalente a dos mil días de salario. […] Considerando el monto de la operación, quebranto o perjuicio patrimonial, las sanciones previstas en este artículo se impondrán a: […] II. Los consejeros, funcionarios, empleados de la institución de crédito o quienes intervengan directamente en la autorización o realización de operaciones, a sabiendas de que éstas resultarán en quebranto o perjuicio al patrimonio de la institución […] c) Que otorguen créditos a personas físicas o morales cuyo estado de insolvencia les sea conocido, si resulta previsible al realizar la operación, que carecen de capacidad económica para pagar o responder por el importe de las sumas acreditadas, produciendo quebranto o perjuicio patrimonial a la Institución”.[]
  2. Ley de Concursos Mercantiles. “Artículo 37 […] El juez podrá dictar las providencias precautorias que estime necesarias, en cualquier etapa del procedimiento concursal, una vez que reciba la solicitud, o bien de oficio. Las providencias precautorias podrán consistir en las siguientes: I. La prohibición de hacer pagos de obligaciones vencidas con anterioridad a la fecha de admisión de la solicitud o demanda de concurso mercantil. II. La suspensión de todo procedimiento de ejecución contra los bienes y derechos del comerciante. III. La prohibición al comerciante de realizar operaciones de enajenación o gravamen de los bienes principales de su empresa. IV. El aseguramiento de bienes. V. La intervención de la caja. VI. La prohibición de realizar transferencias de recursos o valores a favor de terceros. VII. La orden de arraigar al comerciante, para el solo efecto de que no pueda separarse del lugar de su domicilio sin dejar, mediante mandato, apoderado suficientemente instruido y expensado. Cuando quien haya sido arraigado demuestre haber dado cumplimiento a lo anterior, el juez levantará el arraigo. VIII. Cualesquiera otras de naturaleza análoga”.[]

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