Repensar el matrimonio tradicional

El autor nos invita a pensar el derecho a partir de la literatura de ficción. Para ello, aborda en este artículo la cuestión del matrimonio tradicional en la Inglaterra decimonónica al hilo de Janet Doncaster, novela de la escritora feminista Millicent Garrett Fawcett.


El vínculo que existe entre el derecho y la literatura es más estrecho de lo que parece. Durante la segunda mitad del siglo pasado, en el mundo angloamericano surgió un movimiento denominado “derecho y literatura”1 que hasta la fecha ha tenido como objeto establecer en qué forma(s) se interrelacionan ambas disciplinas. Muchas han sido las opiniones que las personas han esgrimido y tan extensa ha sido la discusión sobre el tema que el interés por su estudio ha traspasado fronteras. 

En su texto Derecho y literatura: en la frontera entre los imaginarios jurídico y literario, François Ost analiza las maneras en que este vínculo puede establecerse y —de entre las diversas categorías que se han creado para concretar dichas relaciones— dice del derecho en la literatura que “[…] la literatura contribuye directamente a la formulación y la elucidación de cuestiones importantes relativas a la justicia, la ley y el poder”.2 Pensar este cruce interdisciplinario necesariamente genera espacios críticos en los que “se pueden cuestionar presupuestos, fundamentos, legitimidades, funcionamientos, etcétera”.3

En la literatura, además de que cada texto proviene de un espacio de enunciación particular desde el que se pueden cuestionar valores sociales que importan al derecho, se pueden plantear escenarios posibles que inviten a las personas lectoras a repensar el mundo desde la perspectiva de quien escribe (teoría de los mundos posibles). Así, muchos cuentos y novelas han servido como críticas a los sistemas jurídicos y sus características. Piénsese, por ejemplo, en la novela del marinero Billy Budd —de Herman Melville— en la que se plantea el dilema moral que existe entre la aplicación estricta del derecho y la satisfacción de la justicia (aunque esta implique no aplicar las leyes al pie de la letra),4 y que pone en duda al riguroso formalismo jurídico que termina con la vida del joven Billy.

Para quienes operan el derecho en un contexto particular, un texto de ficción que presente nuevas narrativas sobre experiencias sociales y que cuestione los valores relevantes para el derecho puede generar un espacio crítico que les permita reflexionar sobre la forma en que han operado las instituciones jurídicas y, además, servir como una invitación a repensarlas/replantearlas. Un ejemplo de este tipo de ficción es la novela objeto de este artículo: Janet Doncaster.

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Millicent Garrett Fawcett y Janet Doncaster

En 1875, Millicent Garrett Fawcett publicó Janet Doncaster, una novela que ilustra, a través de la experiencia de la joven Janet, la forma en que se concebía al matrimonio en la Inglaterra del siglo XIX y lo frustrante que podía resultar para una mujer adoptar el papel que de ella se esperaba en la relación. La historia de la joven que vive en un pequeño pueblo conservador y que se separa e independiza de su esposo alcohólico, a pesar de que la ley le impida disolver su matrimonio y contraer uno nuevo —una narrativa que cuestiona la concepción del matrimonio y los valores sociales en torno a éste—, puede considerarse como una invitación a repensar el derecho (en lo relativo al matrimonio) en la actualidad.

Millicent Garrett Fawcett nació el 11 de junio de 1847 en el condado de Suffolk, en Inglaterra. Fue hija de Louisa y Newson Garret, un mercader y político radical,5 por quienes siempre despreció la ideología dominante de la supremacía masculina.6 En 1867, Millicent fue invitada a pertenecer al Comité Ejecutivo en Londres de la Sociedad Nacional para el Sufragio de las Mujeres; siete años después, se unió al Comité Central para el Sufragio de las Mujeres; de 1907 a 1919 presidió la Unión Nacional de Sociedades de Sufragio Femenino. Durante la Primera Guerra Mundial, Fawcett se involucró con los problemas sociales, políticos y educativos que enfrentaban las mujeres en la India.7 Entre 1870 y 1927, Millicent Fawcett escribió 13 libros (de temas sociales, económicos, políticos, biográficos e históricos), decenas de artículos para publicaciones periódicas y la introducción de La vindicación de los derechos de las mujeres de Mary Wollstonecraft. En 1875, desde su particular espacio de enunciación (mujer y feminista), publicó, bajo el sello editorial Smith, Elder, & Co., su novela Janet Doncaster.

La novela se desarrolla en el pequeño pueblo costero de Norborough. Al lugar, habitado principalmente por familias de clase media y baja, llega a asentarse la familia Leighton, nobles de Leighton Court. En su búsqueda de una cura para el alcoholismo de Charlie, su tía, Lady Ann, decide conseguir que se enamore de alguien, pensando que en una relación estará la salvación del joven varón. A Charlie lo cuida el señor Forsyth, quien, además de acompañarlo siempre en sus viajes, lo mantiene lejos de las bebidas alcohólicas.

Tras su llegada a Norborough, Lady Ann conoce a la joven Janet y, por su forma de ser, decide que es ella el partido que su sobrino necesita para superar su enfermedad. A través de engaños, y aprovechando el conservadurismo de la sociedad y su estatus económico para presionar a Janet, arregla entre la chica y su sobrino numerosos encuentros. A él, en quien su tía ha notado cierto interés por la chica, Lady Ann lo convence de pedirle matrimonio manteniendo siempre en secreto su problema de salud.

Janet, a pesar de tener una madre conservadora, no ha sido criada con base en los convencionalismos sociales que determinan el papel que ella debe jugar en sociedad. Esto permite analizar críticamente, desde la abstracción, lo que en una sociedad se consideraría normal. Así, cuando su madre insiste en que acepte la propuesta de matrimonio de Charlie bajo la premisa de que la esfera de existencia de toda mujer es el matrimonio, Janet se niega; no sólo la caballerosidad de Charlie le parece irrespetuosa y opresiva, sino que, a pesar de que se le ofrece dinero por parte de la familia Leighton, a ella no le interesa que en su persona se repita lo que la familia de su padre pretendió con su madre: que se le dé dinero únicamente para comprar ropa y que pase a ser parte de la decoración de la casa.

Al final, aunque repitiéndose que es a sí misma a la única a quien debe complacer, Janet cede a aceptar la petición, pues su circunstancia de dependencia económica —aunada al fallecimiento de su madre— le dificulta negar el matrimonio a Charlie.

Durante su luna de miel, Janet se percata que su esposo es alcohólico y que el plan que tenía Lady Ann era utilizarla a ella para salvar a su sobrino, por lo que decide, en contra de la ley y de las críticas de toda la gente de Norborough, separarse de él, irse a vivir sola y sobrellevar su vida como traductora de textos religiosos y científicos. Después del fallecimiento de Charlie —con la extinción de su matrimonio civil—, Janet se casa con el señor Forsyth, quien representa los valores contrarios a los del conjunto social.

El matrimonio de Janet en el México actual

En el contexto del México contemporáneo, en el que la institución del matrimonio sigue rigiéndose por valores similares a aquellos con los que la sociedad de Norborough lo concebía, y en el que los índices de violencia (física, sexual o psicológica) infligida contra las mujeres por un compañero íntimo no disminuyen (y que en el contexto pandémico tienden a aumentar),8 prestar los oídos a estas voces que desde hace mucho se han quejado por lo mismo, como la de Garrett Fawcett, es esencial para que el derecho pueda concretar la justica.

Aunque ya está regulada en las legislaciones civiles mexicanas la disolución del matrimonio sin expresión de causa, los códigos civiles y las leyes para el divorcio de muchos otros estados en México (como Baja California, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Colima, Guanajuato, Guerrero, etcétera) siguen estableciendo una lista de causales que las y los cónyuges tienen que acreditar para poder romper su vínculo matrimonial, dificultando la separación de las personas y propiciando la perpetuación de la violencia que se ejerce contra quienes no asumen el rol que socialmente les ha sido otorgado en la relación.9

Janet Doncaster nos invita, desde un universo paralelo al mexicano, a repensar esta institución que en algunos estados de la República sigue siendo —jurídica y socialmente— igual de opresiva que aquella de la que Janet logró desprenderse.

Leer los textos redactados por mujeres es conocer nuestra historia de otra manera; es reconstruir nuestro pasado para pensar un porvenir mejor, un porvenir habitable.

Melissa del Mar

Conclusiones

Si bien es cierto que la existencia de cada individuo se encuentra atravesada por innumerables experiencias que hacen de su vida algo único e irrepetible, es innegable que también existen experiencias que son compartidas y con las que las personas, en distintos lugares y tiempos, pueden relacionarse.

La literatura de ficción es un espacio en el que pueden plantearse experiencias con las que personas distintas a la escritora pueden empatizar; a veces cuestiona fundamentos, legitimidades, funcionamientos en relación con temas que importan al derecho, e invita a repensar/replantear sus instituciones.

La importancia de atender a la novela de Millicent Garrett Fawcett en el México actual, en el que el matrimonio se concibe —incluso en lo jurídico— como se concebía en el pueblo de Janet Doncaster, y que deriva en la violencia que ejercen sobre las mujeres sus parejas, “es reconstruir nuestro pasado para pensar un porvenir mejor, un porvenir habitable”,10 como dice Melissa del Mar.


1 María Jimena Sáenz, “Derecho y literatura” en Eunomía. Revista en Cultura de la Legalidad, núm. 16, abril-septiembre, 2019, pp. 273-282.
2 François Ost, “Derecho y literatura: en la frontera entre los imaginarios jurídico y literario” en Derecho y literatura. El derecho en la literatura, Editorial Libitum, México, 2017, p. 30.
3 André Karam Trindade y Roberta Magalhães Gubert, “Derecho y literatura. Acercamientos y perspectivas para repensar el derecho” en Revista electrónica del Instituto de Investigaciones “Ambrosio L. Gioja”, año III, núm. 4, 2009.
4 Referencia tomada de Manuel Atienza, Podemos hacer más. Otra forma de pensar el derecho, Editorial Pasos Perdidos, 2013, p. 20.
5 “Dame Millicent Garrett Fawcett. British suffragist” en Encyclopædia Britannica, consultado en www.britannica.com/biography/Millicent-Fawcett.
6 Janet Copeland, “Millicent Garrett Fawcett” en History Review, núm. 58, septiembre de 2007, consultado en www.historytoday.com/archive/millicent-garrett-fawcett.
7 “Millicent Fawcett” en The Open University. The Women’s Library, London Metropolitan University, consultado en http://www.open.ac.uk/researchprojects/makingbritain/content/millicent-fawcett.
8 Según las estadísticas del INEGI en relación con el Objetivo para el Desarrollo Sostenible 5 (igualdad de género) de la Agenda 2030, consultadas en http://agenda2030.mx/index.html?lang=es#/home.
9 Este rol puede aún leerse en algunos códigos civiles que definen al matrimonio, desde un discurso determinista, como la unión entre hombre y mujer para realizar los fines esenciales del matrimonio. También se manifiesta en chistes populares que tienden a normalizar la violencia, como: “Pégale si no te obedece” (para una ilustración más clara de este ejemplo, se recomienda la narración popular recogida por B. Travens en Canasta de Cuentos Populares, intitulada “La tigresa”: «¿Por qué las mujeres se casan de blanco? Porque así hacen juego con la cocina, la lavadora y el frigorífico»; «¿Qué hace una mujer fuera de la cocina? Turismo», etcétera).
10 Melissa del Mar, “Todos los nombres que soy: sororidad con la palabra” en Revista cultural Ululayu, consultado en http://ululayu.com/todos-los-nombres-que-soy-sororidad-con-la-palabra.

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